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Corte Suprema ordena libertad a gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria

¿Por qué ordenaron la libertad provisional? Aquí los detalles.

Fiscalía

La magistrada Blanca Nélida Barreto resolvió dar la orden provisional. Corte Suprema ordena libertad a gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria.

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Por vencimiento de términos fue dejado en libertad este lunes el gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa.

El mandatario del departamento está investigado por presuntas irregularidades en contratación de obras.

La libertad del mandatario se hará efectiva desde hoy, 27 de septiembre.

Cabe recordar que la Fiscalía tiene acusado al funcionario por contratos firmados para obras de mantenimiento y pavimentación de la Troncal de la Paz.

Adicionalmente, se le investiga por la construcción de un puente complementario en el municipio de El Bagre. Esto habría sucedido cuando fue gobernador entre 2004 y 2007.

Corte Suprema ordena libertad a gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria

Según expuso la Fiscalía, las pruebas indican que como parte de un adelanto se habría adjudicado 4% más de los ingresos pactados inicialmente.

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Esto habría sucedido en la contratación del tramo La Cruzada – Caucasia, que fue por un valor de 41.663 millones de pesos.

El material probatorio expone que inicialmente se había pactado un anticipo de 25%. Sin embargo, este luego se habría ampliado a 29%, que se vieron traducidos en 1.500 millones más para el contratista.

Esta modificación se habría adelantado sin tener en cuenta los requisitos legales de planeación y transparencia. Así lo afirmó la Fiscalía en medio del caso.

«Se resuelve conceder la libertad provisional al doctor Aníbal Gaviria Correa. Para cuyos efectos se tendrá en cuenta la caución que prestó cuando la Fiscalía Primera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia le concedió la detención domiciliaria, y previa suscripción de diligencia de compromiso en los términos del artículo 368 de la Ley 600 de 2.000», dijo la magistrada.

«Segundo: precisar que contra esta providencia proceden los recursos de reposición y apelación, en los términos de los artículos 189 y 191 del citado ordenamiento adjetivo«, se lee en la decisión.

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