Derogan norma que prohibía a motociclistas ir con parrillero en calzada rápida. La secretaría de Movilidad expidió el decreto 331 de 2021 en el que deroga el artículo 2 del decreto Distrital 035 de 2009, el cual prohibía el tránsito de motociclistas con parrillero en las calzadas centrales.
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El artículo 2, puntualmente, restringía «el uso de las calzadas centrales de las vías con más de una calzada por sentido». La restricción afectaba a motocicletas, mototriciclos, cuatrimotos, motociclos, ciclomotores y motocarros con acompañante. No obstante, luego de analizar la situación, se dio por terminada esta norma.
“Conforme a todo lo expuesto, se considera conveniente derogar el artículo 2 del decreto Distrital 035 de 2009, que prevé la restricción al uso de las calzadas centrales de las vías que posean más de una calzada por sentido para las motocicletas, mototriciclos, cuatrimotos, motociclos, ciclomotores y motocarros con acompañante”, reseña el documento que deroga el artículo.
Derogan norma que prohibía a motociclistas ir con parrillero en calzada rápida
Los motociclistas celebran la noticia, pues al realizar un sondeo se evidenció que hay un mayor riesgo al transitar con acompañante en la calzada lateral en comparación con la central. Son muchos los factores, tales como la circulación de vehículos pesados en la calzada lenta.
Según lo estipulado, las disposiciones del decreto empezarán a regir a partir del día siguiente a su publicación en el Registro Distrital. Como fue publicado este martes 7 de septiembre, este miércoles 8 la norma que regía para los motociclistas ya es historia. Las demás disposiciones del Decreto Distrital 035 de 2009, que no fueron modificadas, continúan vigentes.