El magistrado Fabio David Bernal Suárez corroboró su decisión de este lunes en la que no accedió a la petición de la Fiscalía para imputar cargos al excomandante del Ejército general Mario Montoya Uribe. No imputarán cargos al general Montoya por ‘Falsos Positivos’.
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El togado señaló que la Fiscalía puede “seguir adelantando indagaciones e investigaciones, pero no puede tomar decisiones de fondo como imputaciones, llamados a interrogatorios o avanzar en medidas de aseguramiento en su contra”.
Por su parte los representantes de las víctimas presentaron recurso de reposición frente a esa decisión y argumentaron, entre otras cosas, que se está afectando el derecho de las personas afectadas por los ‘falsos positivos’.
En reacción a ese recurso, el magistrado dijo que “no se está negando el derecho de las víctimas ni se les está negando la justicia, al considerar que la Fiscalía puede seguir investigando y trasladar a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) esas evidencias”.
Y recomendó que el proceso es de competencia de la JEP y allí se han realizado ya audiencias y se han resuelto recursos presentados por las partes. Por lo tanto deberá ser trasladado allí pese al descontento de las víctimas.
No imputarán cargos al general Montoya por ‘Falsos Positivos’
El caso
Este excomandante del Ejército iba a ser juzgado su presunta responsabilidad en 104 casos de ejecuciones de civiles para presentarlas como bajas en combate.
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Durante una audiencia, ese organismo resolvió “abstenerse de realizar formulación de imputación” porque considera que la Fiscalía no puede acusar al exjefe militar ya que su caso está en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), creada tras la firma del acuerdo entre el Gobierno y la antigua guerrilla de las FARC en 2016, que es la que tiene la competencia para juzgarlo.
Sin embargo, Bernal dijo que los resultados de las investigaciones de la Fiscalía pueden ser enviados a la JEP como parte de una “cooperación armónica”.
La Fiscalía buscaba imputar a Montoya por los presuntos delitos de “homicidio agravado en concurso homogéneo y sucesivo en 104 ocasiones, en concurso heterogéneo con ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio”.