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Buscan que no haya límite de tiempo para investigar la corrupción

Un proyecto de ley que radicó el representante a la Cámara, David Racero, propone que los delitos por corrupción no prescriban.

Corrupción
proyecto de ley busca que la corrupción no prescriba

Buscan que no haya límite de tiempo para investigar la corrupción, así lo propone el representante a la Cámara, David Racero.

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El congresista radicó un proyecto de ley para que los delitos contra la administración pública no prescriban.

Corrupción sin prescripción

Este jueves el representante a la Cámara, David Racero, radicó un proyecto de ley en el Congreso de la República. Con este, busca que los delitos contra la administración pública en el Código Penal no prescriban. Esto evitará que los funcionarios investigados por corrupción queden libres por vencimiento de términos.

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Según Racero, el objetivo es evitar que las redes de corrupción dilaten los procesos judiciales para lograr la impunidad por dicho vencimiento de términos. Este, siendo uno de los vacíos jurídicos más utilizados por los corruptos en el país para evadir la justicia.

El representante explicó que “con este proyecto, los corruptos no quedarán libres, tendrán que pagar cárcel. No seguiremos tolerando que sus delitos queden en la impunidad y que los recursos se pierdan”. Luego añadió «Que la investigación no se cierre por vencimiento de términos, una de las principales ‘jugaditas’ de los corruptos para quedar libres (…) tenemos que garantizar que las investigaciones se puedan hacer en cualquier momento y que los dineros públicos no se pierdan».

Dilatar para conseguir la libertad

El vencimiento de términos no significa el final de una investigación sino que el sospechoso seguirá vinculado a la investigación mientras goza de libertad. Es por eso que en varias oportunidades se ha presentado que los funcionarios públicos, junto a sus abogados, dilatan los procesos con el fin de lograr la decisión. Lo anterior, sumado a la congestión en el sistema judicial que demora el avance en los casos.

Por lo anterior, parte del texto que acompaña el proyecto presentado, dice que “Cuanto se trate de delitos contra la administración pública cometidos por servidores públicos, particulares que ejerzan funciones públicas en forma permanente o transitoria y por quienes obren como agentes retenedores o recaudadores, la acción penal será imprescriptible”. Esto, según el artículo 83 de la Ley 599 de 2000 del Código Penal.

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