La vacunación contra el covid-19 por parte de privados inició en el Plan Nacional de Vacunación; sin embargo, y así son las disposiciones de la Resolución 840 de 2021. Avanza la vacunación en el sector privado en el país.
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Lo primero, señaló Germán Escobar, jefe de gabinete del Ministerio de Salud y Protección Social, es que la adquisición de vacunas por parte del sector privado puede surtir varias vías.
«Por un lado se puede hacer una adquisición por la vía directa de negociación con farmacéuticas; sin embargo, por disposición de las mismas casas productoras -quienes lo han anunciado públicamente- esa vía de negociación pareciera no estar abierta», indicó.
En respuesta a tal panorama surgió una segunda vía, que es a través de un apalancamiento de compra con el Gobierno Nacional.
«Es la que se ha puesto en marcha y que ya dio el primer fruto de 1.5 millones de vacunas que llegaron al país”, expuso el funcionario.
Y agregó que “se trabajó en conjunto con una amplia convocatoria liderada por la ANDI a múltiples empresas».
Avanza la vacunación en el sector privado en el país
Etapa de Vacunación
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Por tanto una vez adquiridas las dosis de las vacunas, el sector privado debe aplicarlas en Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) debidamente habilitadas.
Y, siempre y cuando, esas capacidades de vacunación sean complementarias y en ningún caso sean las instaladas para el Plan Nacional de Vacunación.
«No quiere decir que todas las vacunas deben ser colocadas de manera intramural dentro de una IPS», precisó el jefe de gabinete.
Esto esclarece que los prestadores de salud pueden establecer jornadas de vacunación o modalidades de vacunación extramural a través de puestos complementarios.
En ese sentido de acuerdo con las necesidades del comprador de las vacunas.
Es de tener en cuenta que para adquirir vacunas contra el covid-19, el sector privado debe cumplir los requisitos establecidos en la Resolución 840 de 2021.
No obstante “son exigencias muy concretas», sostuvo Escobar.
De tal foma que el más importante es que, cualquier vacuna que ingrese al país debe tener las condiciones mínimas de seguridad establecidas por el Invima.
Estas condiciones se materializan en la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia (ASUE).
Por lo tanto, el primer requisito es que cualquier vacuna que se importe y se aplique en el país debe tener ASUE por parte del Invima.
En el caso de una adquisición directa por el sector privado, esta autorización debe estar complementada por una autorización de importación por parte de la empresa.
Teniendo en cuenta lo anterior, es importante que todo vacunado quede registrado en el sistema de información de vacunación nacional -PAIWEB-, que manejan las IPS.
Avanza la vacunación en el sector privado en el país
Finalmente, destacó Escobar, «en el caso de una adquisición directa entre el sector privado y una farmacéutica, serán las empresas del sector privado quienes tengan la responsabilidad de las condiciones que pacten en sus acuerdos».
Esto quiere decir que, en ningún caso bajo este esquema de negociación directa, será el Gobierno Nacional quien asuma algún tipo de responsabilidad.
También es preciso señalar que el sector privado financia todo el esquema de distribución local y aplicación de las vacunas.
En síntesis Sinovac es la única farmacéutica que ha abierto una ventana de oportunidad para la inmunización desde el sector privado.
Un total 1,5 millones de vacunas Sinovac contra Covid-19 han llegado a Colombia para privados.
Avanza la vacunación en el sector privado en el país.