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Monja gana tutela a monasterio y ahora podrá usar su celular

La religiosa entuteló al Monasterio Santa Clara por negarle el uso de celular y comida especial por su diabetes y ganó la acción legal.

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Monja gana tutela a monasterio y ahora podrá usar su celular, así lo determinó la Corte Constitucional.

Este caso llega desde la ciudad de Cali donde una monja de la comunidad Hermanas Clarisas de Cali, que entuteló al Monasterio Santa Clara.

Monja gana tutela para usar su celular

La Corte Constitucional amparó los derechos de una monja de la comunidad Hermanas Clarisas de Cali. La religiosa, interpuso una acción de tutela ante el Monasterio Santa Clara. Lo anterior, por negarle el uso de celular y comida especial por su diabetes.

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Se trata de Ana Olga Higuita Yepes, monja de la comunidad de Hermanas Clarisas a la que el Alta Corte favoreció. Según la Corte Constitucional, el monasterio al que pertenece la religiosa vulneró sus derechos de fundamentales al mínimo vital y a la salud. Esto, al negarse a cubrir su alimentación especial necesaria para su diabetes y prohibirle el uso de su celular.

El alto tribunal emitió un comunicado donde señala que «el Monasterio no le consigna una cuota mensual suficiente para cubrir la totalidad de los costos de acceso a las tecnologías y servicios en salud que requiere». Por su parte, el monasterio afirmó lo contrario diciendo que sí se le ha garantizado los derechos de Higuita Yepes. Esto, a pesar de la crisis económica que atraviesa la iglesia.

El monasterio se sorprendió con la acción de la religiosa pues Higuita llevaba 39 años en la comunidad e incluso hizo votos de pobreza. “Si poco hay, con poco se vive”, dijo el Monasterio.

Por lo anterior, la magistrada Paola Andrea Meneses dice que el voto en mención «requiere compromisos y obligaciones mutuas y recíprocas». La magistrada explicó que mientras los miembros renuncian a tener bienes y recibir ingresos para su enriquecimiento, las comunidades se comprometen a velar por su sustento y la subsistencia en condiciones dignas.

La Corte Constitucional además recordó que las comunidades religiosas están obligadas a proveer servicios de salud a sus integrantes. Lo anterior puede ser supliendo sus necesidades en cuanto a tratamientos médicos o afiliándolos al sistema de seguridad social en salud.

El monasterio sigue bajo investigación

La Corte Constitucional además encontró que el monasterio vulneró el debido proceso de la religiosa. Esto, debido a que las trasladó a otra abadía en Bogotá y a una clínica psiquiátrica. Lo mencionado, sin previo aviso y bajo engaños.

Esto le produjo un trauma a la hermana Ana Olga. Debido a esto, el Alto Tribunal ordenó que, en adelante, todo lo que suponga un cambio sustancial en su vida se haga de manera digna y respetando las reglas de consentimiento informado.

Para finalizar, la alta corte ordenó al monasterio darle la alimentación especial a la religiosa. También, proveerle un acompañante y asumir el costo de las pilas de audífonos. Además deberá gestionar su atención ante la EPS y asumir el valor de los copagos.

El monasterio tampoco podrá prohibirle el uso del celular. Lo anterior, gestionar su atención ante la EPS y asumir el valor de los copagos.

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