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JEP otorga libertad transitoria a Benito Molina, condenado por desplazamiento forzado en Córdoba

La decisión se tomó por considerar que su aporte es significativo a la verdad. Conozca los detalles.

Los hechos se habrían dado debido a sus aportes significativos a la verdad. JEP otorga libertad transitoria a Benito Molina, condenado por desplazamiento forzado en Córdoba.

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El investigado y posteriormente condenado, Benito Molina Velarde, habría declarado ante esta instancia aportes que ayudaron a esclarecer lo ocurrido entre 1994 y 1998. En este periodo, Vicente y Carlos Castaño Gil, quienes eran jefes máximos de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), despojaron de sus tierras a 130 familias. De esta alianza fue parte el Fondo Ganadero de Córdoba.

Los hechos ocurrieron en 105 predios de zona rural de la región de Tulapas, entre los municipios de Turbo, Necoclí y San Pedro del Urabá, en el urabá antioqueño. Cabe destacar, que Benito Molina fue el presidente del Fondo Ganadero de Córdoba entre los años 1997 y 2007.

La instancia judicial, creada como producto del Acuerdo de Paz, emitió un comunicado en el que comunica la decisión respecto al compareciente.

JEP otorga libertad transitoria a Benito Molina en Córdoba, condenado por desplazamiento forzado

La Jurisdicción especial para la Paz emitió la decisión mediante la resolución 2455 de 2021. Consideró que la información aportada a la JEP «supera inicialmente los hechos por los cuales fue investigado y condenado por la jurisdicción ordinaria».

También, la instancia acotó que «aporta relato acerca del contexto del conflicto, y los intereses de las Autodefensas Unidas de Colombia. No solo en la cooptación del Fondo Ganadero de Córdoba sino en las grandes inversiones estratégicas».

Cabe aclarar, que Benito Molina Velarde fue condenado a 16 años y 8 meses de prisión. Los delitos fueron destrucción y apropiación de bienes protegidos, deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil, lavado de activos agravado y concierto para delinquir agravado. Esta condena la cumple en la cárcel La Picota de Bogotá.

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La JEP también aclaró que esta libertad es transitoria, condicionada y anticipada. Y enfatizó en que el beneficio será revocado si el compareciente incumple con su compromiso y obligación con la verdad, reparación y no repetición.

Por último, es importante mencionar que las víctimas de desplazamiento forzado en al región de Tulapas, acreditadas ante la JEP, estuvieron de acuerdo con la libertad condicionada. También aclararon que estarán de acuerdo siempre que Molina siga compareciendo ante la JEP y cumpliendo con los compromisos que adquirió.

Lea el comunicado completo aquí:

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