Fechas, horarios y restricciones de la cuarentena total en Bogotá. La restricción a la circulación de personas y vehículos será entre las 00:00 horas del sábado 10 de abril de 2021 hasta las 04:00 a.m. del martes 13 de abril de 2021.
PUBLICIDAD
Según la Alcaldía, esta medida busca hacer frente al tercer pico por COVID-19 que enfrenta Bogotá.
Cuarentena total en Bogotá
Están libres de la medida los servicios de salud públicos y privados y su personal, quienes están a cargo de personas mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad y personas vulnerables.
Lo están adicionalmente quienes trabajan preservando el orden público, seguridad general y atención sanitaria, asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad.
El Distrito emitió el 7 de abril de 2021 el decreto 137, sobre nuevas restricciones. Conozca las novedades a continuación:
- Las actividades del personal de las misiones diplomáticas y consulares debidamente acreditadas ante el Estado colombiano, así como los ciudadanos extranjeros debidamente identificados que se movilicen con el objeto ejercer su derecho al voto en los certámenes electorales que se realicen en las embajadas u oficinas consulares de su país de origen.
- El personal indispensable para el funcionamiento de canales de televisión, estaciones de radio, prensa escrita, digital, y distribuidores de medios de comunicación debidamente acreditados. Así como el personal necesario para la trasmisión de manera digital de cultos religiosos.
- El personal indispensable para la ejecución de obras civiles públicas o privadas que se adelanten en la ciudad.
- Las empresas que producen insumos de construcción para el desarrollo de las obras civiles podrán mantener su producción y procesos de entrega ininterrumpida para abastecer dichas obras.
Consulte y descargue el decreto y conozca todos los cambios, ingresando AQUÍ. De ese modo, el decreto 137 modifica al 135 y agrega nuevas excepciones.
Cómo funcionará T
PUBLICIDAD
¿Cómo funcionará el transporte durante la cuarentena total en Bogotá?
TransMilenio anunció que, durante la cuarentena, el componente troncal operará en sus horarios habituales pero con la programación de rutas de los días domingos:
- Sábado: desde las 4:00 a.m. hasta las 11:00 p.m.
- Domingo: desde las 4:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.
- Lunes: desde las 4:00 a.m. hasta las 11:00 p.m.
De otro modo, la entidad reseñó que tanto el componente zonal Sitp como el TransMicable operarán en los horarios habituales en toda la ciudad.
Para utilizar el Sistema de manera segura, tenga en cuenta las recomendaciones que entrega la entidad:
- Mantenga las ventanas de los buses abiertas.
- Evite hablar y consumir alimentos en el Sistema.
- Utilice el tapabocas todo el tiempo cubriendo nariz y boca.
- Lave sus manos constantemente (hay 27 lavamanos portátiles y 134 lavamanos fijos de los baños públicos del Sistema)
- Planee su viaje a lo largo del día para no generar concentración de usuarios en hora pico.
- Si el bus que espera viene ocupado, espere el siguiente.
- Siga las indicaciones del Equipo de Atención en Vía.
¿Qué pasa con las clases presenciales en cuarentena?
El secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez, explicó que el lunes, que hay cuarentena general, los colegios estarán cerrados. No obstante, a partir del martes hay retorno a clases con normalidad cómo se viene implementando.
“Los colegios son y seguirán siendo una prioridad para todos nosotros, el retorno a la presencialidad, el retorno a clases es fundamental, a pesar de que estemos en este tercer pico. El retorno continuará su ritmo; los colegios que tienen programado el regreso a clases, podrán hacerlo, por su puesto, a partir del martes retoman su jornada, es decir, el lunes que hay cuarentena general, no hay colegios, no hay actividades”, apuntó.
¿Cómo funciona el Pico y cédula en Bogotá?
Hasta el próximo lunes 19 de abril de 2021, aplicará la medida de pico y cédula en la capital.
Mientras dure la medida el ingreso a establecimientos abiertos al público para realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y al por mayor, servicios bancarios, financieros y notariales y atención al ciudadano en entidades públicas, regirán dependiendo el último digito de la cédula.