La vacunación de adultos mayores de 70 años y más que no han recibido su cita y quieren vacunarse seguirá bajo el modelo de pico y cédula. Esto con el fin de evitar aglomeraciones en los puntos de atención. Conozca el pico y cédula para la vacunación de los mayores en Bogotá.
PUBLICIDAD
Las personas podrán asistir a los puntos habilitados por el Distrito de la siguiente manera: el miércoles 7 de abril podrán asistir las personas cuyo dígito de la cédula termine en 0, 2 y 4; el jueves 8 de abril, 1, 3 y 5; viernes 9 de abril, 6 y 8; sábado 10 de abril, 7 y 9. Para consultar los puntos de vacunación puede hacerlo a través de esta página: http://www.saludcapital.gov.co/Documents/Covid_S/IPS_vacunacion_Covid-19.pdf.
¿Cómo va la vacunación en Bogotá?
El balance emitido por la Secretaría de Salud, establece que con corte a las 5:00 p.m. y con la jornada de vacunación de este 6 de abril, Bogotá suma un total de 508.502 dosis de biológicos aplicados.
Con esta jornada se avanza en un 7,33 % respecto al 70 % de la población que se necesita vacunar (5.483.917) para obtener la inmunidad de rebaño frente al coronavirus.
Por otra parte, la Secretaría de Salud invita a todas las personas mayores de 70 años, que aún no han recibido la primera dosis del biológico, a acercarse sin cita previa a cualquiera de los más de 400 puntos de vacunación en la ciudad, siguiendo la modalidad de pico y cédula.
La Secretaría de Salud aclaró que el plan de inmunización que se adelanta en la ciudad se mantiene vigente sin ningún tipo de restricciones, ya que según el Decreto 135, dentro de las excepciones a la restricción de movilidad se encuentra el personal de salud necesario para adelantar las jornadas de vacunación, las personas que recibirán el biológico y sus acompañantes.
Los puntos de vacunación pueden ser consultados en la página web de la Secretaría de Salud de Bogotá y en todas las páginas web de las EPS o entidades prestadoras de la vacunación.
PUBLICIDAD
¿Cuáles son los servicios que estarán permitidos durante la cuarentena?
Durante la restricción a la circulación de personas y vehículos por vías y lugares públicos en la ciudad de Bogotá D.C., estará exceptuada la prestación de los siguientes servicios, entre otros:
Bancarios.
Financieros.
De operadores postales de pago.
Profesionales de compra y venta de divisas.
Centrales de riesgo.
Transporte de valores.
Vigilancia.
Seguridad privada y de empresas que presten el servicio de limpieza y aseo
Actividades notariales, inmobiliarias y de registro de instrumentos públicos.
Expedición licencias urbanísticas.
Centros de diagnóstico automotor.
¿Cuáles son las excepciones a la medida de Pico y Cédula?
No aplicará en los siguientes casos:
Los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.
La persona que le sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren de acompañamiento para realizar actividades o trámites.
Al personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud debidamente identificados.
La distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo, de conformidad con lo previsto en el Decreto Nacional 1521 de 1998.
Las actividades realizadas en hoteles y servicios de hospedaje, los establecimientos de la industria gastronómica, los gimnasios, así como lugares recreativos, turísticos, religiosos y culturales de Bogotá D.C., tales como, parques, museos, cines, teatros, entre otros.
Los responsables de las actividades descritas anteriormente deberán cumplir a cabalidad con el control de aforo y los respectivos protocolos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Conozca el pico y cédula para la vacunación de los mayores en Bogotá.