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Proyecto de extensión de gobierno nace muerto según sentencia de la Corte

La reforma sería inexequible.

Esta polémica propuesta y su viabilidad están siendo analizadas por expertos en el tema legislativo. Proyecto de extensión de gobierno nace muerto según sentencia de la Corte.

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La propuesta que procede en el Congreso de alargar el periodo presidencial dos años más, lo que podría dejar a Iván Duque como mandatario del país hasta el 2024.

De acuerdo a un informe publicado por el diario El Tiempo la idea de extender vía Congreso los periodos en curso de funcionarios y servidores públicos en ejercicio “prácticamente nace muerta desde el punto de vista legal y constitucional”.

Se trata de una de las sentencias más importantes de la Corte Constitucional en toda su historia cuando la C-551 del 2003 se pronunció sobre uno de los puntos del referendo impulsado por el primer gobierno de Álvaro Uribe.

Una de las preguntas que el Congreso aprobó para ser presentadas en el referendo fue precisamente la de extender el periodo de los alcaldes y gobernadores que estaban en ese momento en el poder y que terminaban periodo un año después.

Esto decía el punto 17 del Referendo: «Para unificar los periodos de las autoridades territoriales, eliminar la dispersión del calendario electoral y disponer que los alcaldes y gobernadores electos ejerzan sus funciones durante cuatro años, ¿aprueba usted el siguiente artículo transitorio de la Constitución?

Artículo transitorio. El periodo de todos los gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles que se encuentren en funciones en la fecha en que entre en vigencia este referendo vencerá el 31 de diciembre de dos mil cuatro (2004). Las elecciones para elegir a quienes hayan de sucederlos tendrán lugar, en todos los municipios, distritos y departamentos del país, el último domingo del mes de octubre de ese año, y se posesionarán el 1.° de enero de dos mil cinco (2005)».

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La Corte declaró inexequible ese punto porque, advirtió, trataba de ocultar a través de una reforma un «acto electoral»: elegir por un año más a los mandatarios en ejercicio.

“Primero, que las reformas de la Carta, incluso por la vía de consultar al pueblo, no pueden cambiar las reglas de juego sobre los periodos electorales ya en curso. De hecho, por la  misma época la Corte avaló el acto legislativo que extendió los periodos de los mandatarios regionales a cuatro años. El punto fue que esa ampliación es legítima para los siguientes electos bajo la norma modificada, pero no en el caso de los que ya habían sido elegidos por tres años”, declaró la corte.

Esto dijo la Corte: «Las prohibiciones de que la Carta sea modificada por medio de actos electorales o plebiscitarios no es un elemento tangencial del régimen constitucional colombiano, sino que es un desarrollo básico de la idea misma de Estado de derecho y de régimen constitucional. La aspiración de un régimen de este tipo es instaurar un gobierno de leyes, y no de personas, a fin de proscribir la arbitrariedad».

Y decretó la inconstitucionalidad de los puntos 17 y 18 del Referendo porque «no procuraban modificar, en forma universal, el régimen político colombiano, a fin de permitir que en el futuro el período de ciertos funcionarios pudiera ser recortado o ampliado, sino que pretendían que, manteniendo las normas ya existentes sobre los períodos de esos funcionarios, el período de algunos de ellos fuera acortado (congresistas), mientras que el de otros sería ampliado (autoridades territoriales). En tal contexto, la revocación o ampliación del período de funcionarios electos para un lapso determinado, sin que exista un procedimiento reglado para tal efecto, es contrario a la idea más elemental de Estado de derecho y de constitucionalismo, pues se trata de una decisión puramente ad hoc».

 «Esa afectación de la soberanía es aún más clara en este caso, debido a la estructura autonómica del Estado colombiano, en virtud de la cual corresponde a los ciudadanos de las distintas entidades territoriales elegir a sus autoridades por un tiempo determinado», concluyó la Corte.

Al respecto, el constitucionalista Rodrigo Uprimny señaló en su Twitter: «Hay claro precedente que hace inviable esta antidemocrática propuesta. Sentencia C-551/03 anuló propuesta de ampliar periodo de gobernadores y alcaldes. Corte dijo que ni siquiera referendo puede alargar periodos de gobernantes. Menos un acto legislativo».

Por su parte desde el Gobierno, se ha insistido en asegurar que no apoya esta intención que se gesta desde el congreso, sin embargo las voces de oposición insisten que el Centro Democrático está detrás para que se alargue este periodo presidencial.

Proyecto de extensión de gobierno nace muerto según sentencia de la Corte

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