La Corte Constitucional dio vía libre a un Proyecto de Ley que busca llevar control al incumplimiento de las obligaciones alimentarias de los padres de familia. Se trata del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que trae nuevas sanciones para quienes sean reportados.
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El proyecto, que está a un paso de convertirse en ley de la República, contempla nuevos instrumentos jurídicos para que se cumplan las determinaciones impuestas por las autoridades en cuanto a la manutención de los niños. No se trata de establecer el valor mensual de la cuota alimentaria, sino de sancionar a quienes falten a sus obligaciones.
Los padres de familia que incumplan con tres cuotas, no necesariamente consecutivas, serán reportados, y esas sanciones no se levantarán hasta que se pongan al día.
De esta manera, según la senadora Maritza Martínez, autora del proyecto, “los padres y madres irresponsables lo pensarán dos veces antes de incumplir reiteradamente con las cuotas alimentarias”.
Las sanciones no son penales
De acuerdo con la senadora Martínez, las sanciones existentes contra los morosos no se modifican con la puesta en marcha del Redam. Con este nuevo instrumento, lo que se busca es limitar los beneficios de las personas que no cumplen “con la principal obligación que tienen en la vida, que es dar los medios para la subsistencia de sus hijos”.
Así las cosas, entre las consecuencias que deberán afrontar las personas reportadas están:
- Inhabilidad para contratar con el Estado.
- Restricción para recibir subsidios.
- Inhabilidad para tomar posesión de cargos públicos o de elección popular.
- Prohibición para salir del país.
- Prohibición para comprar o vender bienes sujetos a registro.
- En caso de solicitar un crédito, la entidad bancaria pondrá a disposición del juzgado del caso el valor de lo adeudado.
Asimismo, los reportados perderán el poder para otorgar autorización a sus hijos de salir del país, esto en caso de que se trate de un menor de edad. Debe ponerse al día para poder recuperar esa potestad.
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Cabe recordar que en Colombia las personas que incumplen con la cuota alimentaria de sus hijos se exponen a sanciones que van desde multas hasta prisión, y los jueces pueden decretar el embargo y remate de sus bienes. No obstante estas sanciones no tienen que ver con la puesta en marcha del Redam.
¿Cómo funciona?
Si una persona acumula tres cuotas alimentarias sin pagar, se empieza a generar el trámite. En este punto, quien tenga la custodia del menor, debe acudir a la autoridad que haya ordenado la cuota alimentaria y poner el caso en su conocimiento.
Consulte el proyecto de ley del RedamDescarga
Una vez informado, el funcionario responsable tendrá 5 días para llamar a la persona implicada, con el fin de comprobar que efectivamente esté atrasada en sus cuotas.
En tal caso que no se pueda demostrar el pago, empiezan a generarse las consecuencias a partir de los siguientes tres días.
Hay que tener en cuenta que esta ley establece retroactividad, por tal razón la persona afectada podrá efectuar el cobro de todas las cuotas alimentarias que haya dejado de percibir cuando se estaban causando, incluso si ya cumplió la mayoría de edad.
Asimismo, aplicará para los adultos mayores en condición de abandono que dependan económicamente de terceros.
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