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Tribunal Superior de Bogotá falló a favor de la comunidad de Barú, que reclama sus tierras

El tribunal respondió a la tutela presentada por el Consejo Comunitario de esta península en Cartagena. Tribunal Superior de Bogotá falló a favor de la comunidad de Barú, que reclama sus tierras.

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Así, ordenó a la Agencia Nacional de Tierras resolver la apelación que el Consejo Comunitario de Barú presentó tras frenar el proceso de titulación colectiva.

Tribunal Superior de Bogotá falló a favor de la comunidad de Barú, que reclama sus tierras

En el fallo, el tribunal negó la tutela “respecto al procurador general y al defensor del pueblo, pero concederla con relación a la Agencia Nacional de Tierras, para la protección del derecho constitucional fundamental al debido proceso a favor del Consejo Comunitario de la comunidad negra de Barú”.

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De esta manera, ordenó a la directora de Asuntos Étnicos de la entidad que, en el término máximo de 10 días, dé por terminado el periodo probatorio y resuelva de fondo el recurso de apelación interpuesto por la comunidad.

La tutela

El 28 de enero, el Consejo Comunitario de la Comunidad Negra de Barú interpuso una acción de tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá, demandando a la Nación y a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para que continúen con el debido proceso de titulación colectiva.

En esta solicitud que hicieron a la entidad en 2017, pidieron que se les diera el título ancestral de 2476 hectáreas de la isla, formalizadas por escritura pública en 1851 y ratificadas en 1957 mediante un acto notarial en Cartagena.

Sin embargo, el proceso fue frenado en abril de 2019 por considerarlo improcedente.  “Han pasado casi dos años y medio, y la solicitud que se realizó en junio de 2017, continúa sin resolverse”, explicó Vallecillas.

Dos meses después de presentar la solicitud, la agencia le informó al consejo que atenderían el pedido en el transcurso de 2018. Efectivamente, entre mayo y diciembre, se adelantaron varias diligencias administrativas: desde establecer la procedencia de dar inicio al procedimiento sobre el predio, empezar los trámites para la titulación en calidad de tierras negras del predio descrito en la solicitud, hasta realizar la etapa publicitaria del proceso administrativo.

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