Nueva resolución reglamente el costo de seguridad social a independientes. Esto tendrá que sacar de su bolsillo.
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La Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales sacó una resolución que permitirá aclarar las dudas sobre los pagos de esta obligación. Es decir a pesar de que, la reforma tributaria venía con esta norma ya establecida, esta resolución deja las cosas más claras para los independientes.
Por eso preste atención y sepa cuál es su obligación.
Nueva resolución reglamente el costo de seguridad social a independientes
Si usted es un trabajador independiente que tiene un negocio propio o presta servicios a terceros, ahora deberá consultar un listado que trae la nueva resolución. Estos datos incluyen las actividades en las que se aplica el concepto de presunción de costos y depende de lo que diga esa tabla usted deberá aportar el 40 % del ingreso.
Con esta presunción de costos los independientes ya no tendrán que proporcionar recibos de cada actividad dentro de su trabajo para justificar sus gastos de labor. Esto, es mucho más fácil pues algunos lugares no cuentan con recibos que ayuden a justificar esos gastos dentro de su trabajo.
Con esta presunción de gastos las personas se liberan de trámites engorrososo.
Eso sí, en el caso de trabajadores por prestación de servicio con contrato, esto no aplica pues ya por ley deben cotizar sobre el 40 por ciento, luego de la presunción, y a ese resultado el 40 por ciento de sus ingresos es para cotizar a salud y pensión.
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