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Tras aumento del salario mínimo, estos costos también suben para 2020

Le mostramos los gastos usuales que subirán como el salario mínimo

El presidente Iván Duque anunció desde la ciudad de Cartagena que el aumento del salario mínimo para 2020 será del 6%.

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Tras los problemas que se generaron en la mesa de concertación entre los gremios empresariales y las centrales obreras, el Gobierno fijó en 6% el incremento del salario mínimo.

El aumento, es el mismo que Duque Aplicó para el año 2019. Las centrales obreras y sindicales pidieron que el aumento rodeara el 10% no se pusieron de acuerdo con los empresarios que se quedaron con el 5.88% sobre la mesa.

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Los precios en 2020 se verán nuevamente incrementados como cada inicio de año. Algunos productos, bienes y servicios se verán afectados por estos aumentos debido al salario mínimo 2020.

Estos aumentos son importantes, debido a que muchos no tienen calculados estos precios en 2020 y tienen todavía en su mente los precios del 2019. Sobre todo en el caso de los productos que aumentan en el salario mínimo. Entre estos se destacan servicios como las cuotas moderadoras de las EPS, multas de tránsito y SOAT.

Por ejemplo, una persona que pagaba hasta el 31 de diciembre 445.200 pesos de SOAT deberá pagar un 6% más. Los precios en 2020 de este SOAT serían de 471.712 pesos, con un aumento de 26.512 pesos. El precio exacto de este seguro depende del tipo de vehículo, cilindraje y modelo. Si es detenida por una infracción de tránsito, tendrá que pagar multas entre $233.200 y $880.000.

Así mismo, una persona que pagaba $13.674 en una cuota moderadora de EPS pasaría a pagar $14.500, un incremento de 820 pesos.

Por otro lado, los incrementos de precios en 2020 de arriendos se darán de acuerdo a la inflación. Este dato aún no ha sido revelado por el Dane, pero en los 12 meses anteriores estuvo en 3%. Si se sostuviera este precio, quien pague un arriendo de $1’000.000 mensual debería pagar $1’030.000 mensuales máximo. Así mismo, este incremento solo podrá aplicar cuando se termine el contrato anual. Si usted firmó su contrato en junio, el incremento no debe aplicarle hasta el siguiente mes.

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