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Listo el decreto para regular estacionamiento en las calles de Bogotá

Según el decreto, esto tendrá que pagar para usar el estacionamiento en las calles de Bogotá.

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La Alcaldía de Bogotá emitió este 28 de agosto uno de los decretos más esperados de los últimos meses. Con esta decisión en el decreto 519, iniciael proceso para legalizar el estacionamiento en las calles de Bogotá. Los bogotanos podrán parquear a cambio de una retribución económica en las calles de la ciudad. Por ahora este proceso se reglamenta para cuatro zonas del centro y norte de Bogotá.

Este proceso de parqueo solo se podrá realizar dentro de sitios autorizados en dichas zonas de Bogotá. Estas corresponden a las localidades de Chapinero, La Candelaria y sectores de Barrios Unidos, Teusaquillo, Santa Fe, Usaquén y Suba. Son las zonas con mayor número de vehículos y donde se detectó falta de espacios de estacionamiento.

Según la Alcaldía, la ciudad contará en estas zonas con espacios licitados para brindar el servicio. Dependiendo de la hora, zonas y el tiempo de estacionamiento del vehículo, su conductor deberá pagar montos que van desde 46 hasta los 127 pesos por minuto, para automóviles, y de 31 a 89 pesos por minuto, para motocicletas..

Según el decreto firmado por el alcalde Enrique Peñalosa y los secretarios de Planeación, Andrés Ortiz, y de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo, los espacios estarán demarcados y serán licitados por la Secretaría de Movilidad. El pago de los derechos de estacionamiento en las calles de Bogotá se realizará mediante dispositivos (los llamados “parquímetros”) o a través de aplicaciones destinadas para tal efecto.

Así mismo, la Alcaldía reglamentó que este pago no aplicará para cicloparqueaderos ni soluciones de micromovilidad, aunque sus espacios deberán estar claramente reglamentados y sus operadores deberán licitar su aprovechamiento económico ante la Secretaría de Planeación.

La Alcaldía propondrá que quienes busquen licitar estos espacios contraten primero a los “trapitos”, los cuidadores de carros  que actualmente vigilan de manera artesanal en estos espacios. La licitación se dará de acuerdo a las zonas definidas en el recuadro.

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El decreto no designó los puntos específicos de estacionamiento, pero sí las tarifas y requisitos. Mediante un acto administrativo que se promulgará en los próximos seis meses, la Secretaría de Movilidad definirá cuáles son los espacios puntuales en los que se realizará este cobro. Estas zonas deberán tener en cuenta estructuras como paraderos del SITP, zonas de cargue y descargue para comercio, zonas amarillas para taxis y motivos de seguridad vial.

Los vehículos de mayor tamaño que los automóviles, camperos y camionetas tendrán tarifas especiales, dependiendo de su tamaño. En general, los microbuses pagarán la misma tarifa, los buses el doble y camiones, hasta cuatro veces más.

Las zonas para estacionamiento en las calles de Bogotá

  1. Zona 1: Entre Cerros orientales y Avenida Caracas de Avenida Los Comuneros a calle 67; hasta carrera 11 de calles 67 a 97A.
  2. Zona 2: Entre Autonorte y carrera 11 de calles 67 a 97A; hasta cerros orientales de calles 97A a 134.
  3. Zona 3: Entre Avenida Caracas – Autonorte, Avenida NQS y calles 45 y 49.
  4. Zona 4: Entre Autonorte, Humedal Córdoba, Avenida Boyacá hasta calle 127A,  Cerros de Suba hasta calle 170 y carrera 53 hasta calle 190; además entre Autonorte, calle 100 y Avenida Suba hasta el Humedal Córdoba.

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