Los nombres de deudores de conjuntos podrán ser publicados a petición de la Corte Constitucional.
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Fue la Corte la que autorizó publicar la identidad de las personas deudoras y de malos vecinos. Todo esto debido a que no se está violando el buen nombre porque se trata de hechos comprobables.
Pero tranquilos. El mismo fallo también aclara que los listados no se pueden poner en lugares donde haya un flujo constante de visitantes. Como las recepciones o los ascensores.
Además, solo se pueden revelar los nombres. Ningún otro detalle personal será permitido.
“No están autorizados a publicar datos sensibles que tienen que ver con la información no relevante para la comunidad y, sobre todo, que tiene que ver con la protección de la intimidad de cada persona”, dijo a Noticias Caracol la presidenta de la Corte, Gloria Stella Ortíz.
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