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Tener relaciones con menores que aparenten más de 14 años no es ilegal

El polémico fallo de la Corte Suprema de Justicia que absolvió a un hombre que no sabía la edad de la niña

Un polémico fallo se dio en la Corte Suprema de Justicia. Los magistrados determinaron que sostener relaciones sexuales consentidas con una menor que aparente tener más de 14 años.
El fallo se da tras absolver a un hombre que aseguró y probó que la menor que era su novia nunca le fue sincera y que no le contóc uál era su verdadera edad.

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El hombre señaló que creía que era mucho mayor, pues su aspecto así lo determinaba.

“La joven mintió sobre varios aspectos trascendentes, como lo fue ocultar una cuenta de Facebook no autorizada por sus padres con una edad que no le correspondía, la relación de noviazgo que tuvo con el acusado”, dice uno de los apartes de la sentencia.

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La ponencia del magistrado Luis Antonio Hernandez, dictaminó que en estos casos en donde es difícil establecer la edad de los menores, el adulto estaría blindado.

 

 

“No se demostró más allá de toda duda, como exige el artículo 381 de la Ley 906 de 2004, que el hombre era consciente de que la menor tenía menos de 14 años y, por ello, (…) se absolverá al procesado (…)  en virtud del cual la duda se resuelve a su favor”, dice la Corte.

La menor “siempre afirmó que de manera voluntaria tuvo relaciones sexuales el día 15 de marzo de 2015 con el procesado, momento para el cual contaba con 13 años, 11 meses y 14 días de edad”.

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