Hoy el país se levantó dividido por las decisiones recientes tomadas por el presidente. Por eso algunos de los que están a favor de la JEP le recordaron a Duque lo que dijo la Corte sobre los seis puntos objetados.
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Entre ellos están políticos, expertos y hasta la misma JEP. Todos aseguraron que en cada punto la Corte Constitucional ya había hecho las respectivas aclaraciones. Es decir, que estaría de más las aclaraciones que él pidió por inconveniencia.
Una de las que habló fue la senadora del partido Farc, Victoria Sandino. En su Twitter dijo:
Las propuestas que hace el presidente Duque para supuestamente modificar el AL 01 de 2017 ya existe, tanto en la JEP, como en lo que ha dicho la Corte Constitucional. Siguen usando la manipulación para legitimar sus decisiones de no cumplir el Acuerdo de Paz.
— Victoria Sandino (@SandinoVictoria) March 11, 2019
También lo hizo Juan Carlos Henao, actual rector de la Universidad Externado, exmagistrado y exasesor del acuerdo de paz.
"No eran necesarias": Juan Carlos Henao, expresidente de la Corte Constitucional, sobre objeciones de Duque a la JEP https://t.co/yqNEZKp2QB #EnQuéQuedaLaJEP pic.twitter.com/4Hi3GJM4Bq
— Noticias Caracol (@NoticiasCaracol) March 11, 2019
Pero la JEP no se quedó atrás y también detalló punto por punto cada una de las objeciones:
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👆|| Lo que la Corte Constitucional (@CConstitucional) ha dicho sobre los temas objetados por el Gobierno frente al proyecto de Ley Estatutaria de la @JEP_Colombia.
⬇️Leer hilo ⬇️— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) March 11, 2019
El Acto Legislativo 01 de 2017 consigna que los responsables de los hechos deben entregar bienes y valores producto de actividades ilícitas. Además, estipula la obligación de decir la verdad para acceder a cualquier beneficio. #LoDijoLaCorteConstitucional pic.twitter.com/ERRUHHMUJL
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) March 11, 2019
La Sala de Amnistía o Indulto de la @JEP_Colombia podrá incorporar nombres de personas que por fuerza mayor hayan quedado fuera de las listas de acreditados por el Alto Comisionado para la Paz.#LoDijoLaCorteConstitucional pic.twitter.com/PskU8E6KqY
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) March 11, 2019
La Fiscalía podrá continuar con su investigación (búsqueda y recaudo de material probatorio), mientras cumpla con la remisión a la #JEP.#LoDijoLaCorteConstitucional pic.twitter.com/lriJgZX3V0
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) March 11, 2019
El parágrafo 2 del artículo 19 prohíbe la renuncia a la persecución penal de los delitos no amnistiables, es decir, los crímenes más graves y representativos, los cuales serán atribuidos a los máximos responsables. #LoDijoLaCorteConstitucional pic.twitter.com/RaxtdXQtHp
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) March 11, 2019
Siempre que el Gobierno reciba una solicitud de extradición de un integrante de FARC-Ep, o un acusado de ser parte de esta organización, deberá entregar el expediente a la Sección de Revisión para que esta pueda determinar si el delito es posterior al 1 de diciembre de 2016. pic.twitter.com/QBnka6hSbQ
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) March 11, 2019
La expresión “otras personas” se refiere a personas naturales sometidas a la JEP, es decir, terceros, particulares o agentes del Estado y miembros de la fuerza pública que estén ofreciendo verdad plena en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición. pic.twitter.com/pkXdGkhTWF
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) March 11, 2019
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