Bogotá

Los carros y motos que sí pueden circular en pico y placa en Bogotá

¡Tome nota!

Debido a la declaratoria a la emergencia ambiental, el Distrito amplió de manera temporal la restricción de pico y placa para vehículos particulares y motos. 

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A partir de este lunes 18 de febrero 2019, la medida funcionará de acuerdo con el último dígito del vehículo particular y motos desde las 6:00 a.m. hasta las 7:30 p.m.

Los conductores que no acaten los nuevos horarios del pico y placa serán sancionados con comparendo por $414.100.

Igualmente, se inmovilizarán si están transitando por una vía principal.

Los carros y motos que sí pueden circular en pico y placa en Bogotá

Estas son algunas de las excepciones a vehículos que sí pueden circular durante esta jornada:

• Vehículos de transporte público.

• Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad.

• Vehículos y motocicletas de emergencia.

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• Vehículos de transporte escolar.

• Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.

• Vehículos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.

• Caravana presidencial.

• Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y organismo de seguridad del Estado.

Vehículos y motocicletas asignados al cuerpo diplomático.

• Vehículos con blindaje de nivel 3 o superior.

• Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos.

• Vehículos y motocicletas escolta.

• Carrozas fúnebres.

• Motocicletas vinculadas a empresas de servicio de mensajería debidamente identificadas.

• Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio.

• Vehículos y motocicletas de enseñanza automovilística.

Los carros y motos que sí pueden circular en pico y placa en Bogotá

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