Si usted tiene un contrato laboral, este mes tendrá unos pesos extra en su cheque. Conozca por qué su sueldo en enero le llegará más alto.
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Su empleador tiene hasta el próximo 31 de enero para pagar los intereses de cesantías correspondientes al 2018. Estos recursos, si bien no son tan grandes como la prima de servicios o el pago de horas extras, pueden cuadrarle el mes.
El motivo es la ley 52 de 1975. Según esta norma, «todo patrono obligado a pagar cesantías a sus trabajadores conforme el capítulo VII título VIII parte primera del Código Sustantivo del Trabajo y demás disposiciones concordantes, les reconocerá y pagará intereses del 12% anual sobre los saldos que en 31 de diciembre de cada año, o en las fechas de retiro del trabajador o liquidación parcial de cesantías, tenga éste a su favor por concepto de cesantía”.
Es decir, estos intereses se pagan, en caso de que que usted haya trabajado 12 meses, sobre un sueldo mensual. Así, si usted gana 2.000.000 de pesos mensuales, debería recibir 240.000 pesos adicionales por intereses de cesantías. La ley exige que este pago se haga antes del 31 de enero.
En el caso de que usted lleve trabajando menos tiempo, este ingreso será prorrateado. Si ganaba los mismos $2.000.000 del caso anterior pero su contrato lleva sólo seis meses, recibiría $1.000.000 de cesantías. Esto implica que recibirá un interés de 60.000 pesos, el 12% de lo que le consignarán.
Igualmente, usted tendrá unos ingresos reducidos si realizó un desembolso parcial de las cesantías durante el año. Si no le pagan antes del 31 de enero, la empresa debe compensarle con una suma exactamente igual a la que recibiría.