Los conductores de vehículos particulares que sean sorprendidos por las autoridades de tránsito, prestando el servicio público de transporte, sin justa causa, podrán quedar sin licencia de conducción hasta por 25 años. Así lo anunció la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
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Se podrá suspender el pase a conductores por prestar servicio público en particulares.
“Existe una correlación trágica entre la ilegalidad y la siniestralidad vial y desde el Ministerio de Transporte debemos promover la transparencia en todas las actuaciones de los actores viales. Estamos convencidos que con un mayor control ciudadano y sanciones más drásticas a quienes infrinjan la Ley, habrá menos espacios para exista la corrupción. El pilar de Legalidad es una de las apuestas más importantes del Gobierno del Presidente Iván Duque y en este sector aplicaremos las sanciones que sean necesarias a quienes vayan en contra de este principio”, manifestó la ministra.
En este sentido, la Circular emitida por el Ministerio de Transporte, reitera a las autoridades de tránsito y a los conductores, que está completamente prohibido que vehículos particulares, sin permiso, presten cualquier servicio de transporte público, salvo las excepciones consagradas en la Ley 769 de 2002.
La circular reza que “se suspenderá la licencia de conducción por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares” y en caso de reincidencia y una vez cancelada la licencia de conducción el conductor solo podrá volver a solicitarla pasados 25 años.
Se podrá suspender el pase a conductores por prestar servicio público en particulares
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