Estas son las sanciones por no presentar su declaración de renta a tiempo o por haberla presentado mal.
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La sanción dependerá del caso de cada persona que haya incumplido y podría ser a partir de 332.000 pesos.
Según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la fecha máxima para declarar ya pasó y ahora vendrá el cobro por sanciones.
Estos son los tipos:
Declaración después del plazo:
-Si sus dos últimos dígitos de su NIT son 99 y 00, el plazo para declarar fue hasta el 9 de agosto. Para los dígitos terminados en 01 y 02, la fecha máxima fue hasta el 19 de octubre.
-Si está dentro de las opciones anteriores, tendrá que pagar una sanción de extemporaneidad equivalente al 5% del valor total del impuesto que resulte por cada mes de retardo.
Trámite mal hecho:
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-La sanción en este caso es del 10% del mayor valor a pagar o de la corrección.
-La sanción será igual o mayor a 332.000 pesos.
Nunca declaró:
-La sanción para este caso es del 20% de los ingresos brutos o las consignaciones.
-Además, deberá pagar una penalidad del 10% por cada mes hasta 200% del impuesto.
-Pero si el contribuyente interpone un recurso de reconsideración y decide hacer el pago del impuesto, la Dian le disminuye la sanción hasta en un 50%.
Saldos a Favor:
-Si tiene un saldo a favor, tendrá un plazo de dos años para solicitarlo.
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