El ministro de Transporte contradijo el concepto de la Procuraduría, que pidió a la Corte Constitucional cambiar la norma en la que el propietario del vehículo y el conductor paguen por una fotomulta.
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Según el Ministerio Público, solo quien conduce el vehículo debería hacerse responsable de la infracción.
La norma “es inconstitucional porque viola el derecho al debido proceso, ya que en materia de sanciones se debe observar como mínimo que las autoridades identifiquen al transgresor”, dijo la Procuraduría.
Sin embargo, el ministro Germán Cardona opina lo contrario.
“Consideramos que el propietario es responsable de su vehículo y entonces de parte del ministerio daremos nuestra opinión, una vez analizada la situación”, manifestó en Blu Radio.
Además, explicó que en el caso de las fotomultas es difícil imponerle la multa al conductor. “No lo veo tan posible porque, finalmente, al que se le toma la foto es al vehículo y determinar quién iba conduciendo es muy difícil”, agregó.
El parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1843 de 201 es el que regula los sistemas de detección de infracciones de tránsito.