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Procuraduría: Dueños de vehículos no deberían pagar fotomultas de sus conductores

Un concepto de la Procuraduría inhabilitaría la norma que obliga a los dueños de vehículos pagar de forma solidaria las multas de sus conductores.

La Procuraduría General de la República presentó un concepto negativo a la Corte Constitucional, que analiza la posiblidad de que los dueños de vehículos tengan que pagar solidariamente unto con sus conductores las multas emitidas de manera electrónica, conocidas como «fotomultas».

La norma, que hace parte de la ley 1843 de 2017, determina las contravenciones que pueden ser juzgadas a través del sistema de detección automática. Como este registra las placas del vehículo, estas fotomultas son enviadas a las personas registradas en el Runt como sus propietarios. Según la norma, estos son solidariamente deudores de la fotomulta.

Para la Procuraduría, esta decisión es inconstitucional, pues viola el derecho al debido proceso. El ente de control afirma en el concepto que se debe multar a quien cometió la infracción y no castigar a alguien que no fue responsable de esta.

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«La previsión de un régimen de responsabilidad solidaria  es una forma de hacer exigible la obligación, pero no es el procedimiento para determinar quién es el infractor, pues permite que la administración persiga el pago incluso por un acto ajeno», enfatizó la Procuraduría.

Esta decisión afectaría a personas como propietarios de vehículos de servicio público o de alquiler. Si la norma fuera aprobada, las multas quedarían bajo la responsabilidad de los propietarios aunque estos no hayan tenido ninguna responsabilidad en cometer dichas infracciones.

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