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Corte Suprema le niega libertad a Jesús Santrich

La Corte Suprema le negó la libertad a Jesús Santrich después que su defensa presentara un recurso de hábeas corpus.

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Según el magistrado de la Sala de Casación Civil, Octavio Augusto Tejeiro Duque, la solicitud era improcedente porque no se comprobó ilegalidad en el procedimiento que realizó la Fiscalía el día que se llevó a cabo la captura y allanamiento de su vivienda.

“Ninguna anomalía emerge de la ‘aprehensión’ censurada en virtud de la Cooperación Internacional de que trata el artículo 484 del Código de Procedimiento Penal, resultando claro que, contrario a la tesis de los libelistas, el ente acusador sí tiene atribución para ejecutar directrices de talla supranacional, como la aquí aludida, estando además compelido a acatarlas acorde con el citado canon”, dijo el magistrado refiriéndose al proceso en contra de Santrich, pedido en extradición por narcotráfico.

“Tampoco se constata ‘prolongación ilícita de la privación de la libertad’ porque de conformidad con el artículo 511 ibídem ‘[l]a persona reclamada será puesta en libertad incondicional por el Fiscal General de la Nación, si dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su captura no se hubiere formalizado la petición de extradición, o si transcurrido el término de treinta (30) días, éste no procedió a su traslado’, en tanto en el sub lite, en breve se advierte que desde la ‘captura’ acaecida el 9 de abril hasta la presente fecha no han transcurrido los 60 días a que se refiere la norma (del CPP)”, se lee en el fallo.

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