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Plazo para pedir el medio día libre por haber votado

¡Pilas si no lo pide antes de la siguiente fecha no se lo van a dar!

medio día de descanso por votar

Las elecciones del pasado 11 de marzo para elegir el Senado y la Cámara de Representantes, además de las dos consultas interpartidistas, lo van a dejar con muchos beneficios si usted voto y conserva su certificado de votación.

El más apetecido por los ciudadanos es el del medio día de descanso por votar remunerado por su empresa, que funciona así:

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Medio día de descanso por votar en las elecciones legislativas del 11 de marzo: 

Si usted presenta su certificado de votación en su empresa, tiene derecho a reclamar medio día laboral de descanso que deberá ser remunerado.

Pero ojo, solo podrá reclamarlo dentro de los siguientes 30 días fecha calendario a la elección o perderá el beneficio.

Recuerde que si fue jurado de votación hay un día de descanso completo, además del medio por votar. Este beneficio lo debe reclamar (el jurado de votación) dentro de los 45 días posteriores a la elección.

medio día de descanso por votar

Es decir que debe reclamar su medio día de descanso hasta abril 11, o perderá los beneficios.

Si es jurado tendrá hasta el 25 de abril para reclamar su día libre.

Entre los ‘plus’ por votar se encuentran descuentos en la expedición de la cédula, de la libreta militar y descuentos en matrículas.

Recuerde que este certificado solo tendrá validez hasta que se efectúen las elecciones a la Presidencia del 27 de mayo.

En esos comicios le entregarán otro certificado que tendrá los mismos beneficios como los que ya le mencionamos.

Si existe la segunda vuelta presidencial, que se celebraría el 16 de junio próximo, también le entregarían certificado electoral.

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