Pese a las solicitudes de los candidatos presidenciales para ampliar la jornada electoral por la falta de tarjetones para las consultas de derecha e izquierda, es algo que no se puede hacer.
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El Gobierno dice estar de acuerdo con esta propuesta y el ministro de Interior, Guillermo Rivera, dijo que apoyaba la idea de ampliar la jornada.
Pese a esto, no se puede ampliar la jornada electoral por que el Código Electoral lo prohíbe.
📺 EN VIVO #PulsoporelPoder | La MOE ha dicho que no se puede ampliar la jornada de electoral. #EleccionesColombia 👉 Por @RedMasTv pic.twitter.com/qEFwX2Dpks
— red+ noticias (@RedMasNoticias) March 11, 2018
@Registraduria no puede ampliar horario electoral, en caso de hacerlo ya no solo se cierne la sospecha del #fraude electoral, sino la nulidad de toda la jornada. Todos los resultados estarían afectados de nulidad. #ColombiaDecide #EleccionesColombia2018 #HoyVotoPorOrdóñez
— Scars&Scales (@Montecristo9219) March 11, 2018
Según el Código Electoral, en estos casos había que convocar a nuevas elecciones. Esto dice sobre ampliar la jornada electoral:
CAPITULO VI
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Convocatoria a nuevas elecciones.
ARTÍCULO 128. En caso de grave perturbación del orden público que haga imposible el desarrollo de las votaciones, el respectivo Gobernador, Intendente o Comisario, con aprobación del Gobierno Nacional, diferirá las elecciones y comunicará a la Registraduría Nacional y al público, con un (1) mes de anticipación, por lo menos, la nueva fecha en que deban verificarse.
ARTÍCULO 133. Cuando la nulidad decretada por sentencia judicial ejecutoriada a que se refiere el artículo 129 de este Código fuere de escrutinios o declaratoria de elección, no habrá lugar a convocatoria de nuevas elecciones y se dará aplicación al artículo 247 del Código Contencioso Administrativo practicando nuevos escrutinios sobre el total de los votos que no hubieren sido invalidados en la sentencia respectiva.