Sí, los colombianos mayores de 35 pueden acceder a un auxilio de pensión gracias a un programa llamado Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP).
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Este programa fue creado por la Nación y está adscrito al Ministerio del Trabajo, con el fin de “subsidiar las cotizaciones para pensiones de los grupos de población que por sus características y condiciones económicas no tienen acceso a los Sistemas de Seguridad Social, así como también al otorgamiento de subsidios económicos para la protección de adultos mayores en estado de indigencia o de pobreza extrema”, dice el ministerio.
Es decir, este auxilio de pensión cubrirá el total de la cotización de sus aportes a pensión en caso de que su sueldo no le alcance para pagar los aportes o por estar desempleado. Pero, para eso, tendrá que cumplir con unos requisitos.
-Estar afiliado a salud, ya sea como cotizante o beneficiario del régimen contributivo o afiliado al régimen subsidiado.
-Que la última cotización se haya realizado con Colpensiones. En caso de haberse realizado con un fondo privado, debe ser viable el traslado hacia Colpensiones.
Ahora, también tiene que pertenecer a un grupo poblacional específico para recibir el auxilio de pensión. Es decir, tienen que ser:
-Artistas
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-Deportistas
-Músicos
-Compositores
-Toreros y sus subalternos
-Mujeres microempresarias
-Madres Comunitarias
-Discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales.
-Miembros de las cooperativas de trabajo asociado y otras formas asociativas de producción, es decir a trabajadores independientes urbanos y rurales, desocupados y concejales, estos últimos corresponden únicamente a los municipios de categoría 4, 5 y 6, sólo por el período en que ostente la calidad de concejal de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida el Gobierno Nacional.
En cuanto a la edad, debe tener entre 35 y 54 años, con un mínimo de 250 semanas cotizadas a pensión, o tener entre 55 y 65 años, pero debe tener un mínimo de 500 semanas cotizadas.
Para más información, puede visitar la página del Fondo de Solidaridad Pensional.