Tenga en cuenta que este 23 de junio se acaba el plazo para pagar el impuesto de vehículos sin sanciones.
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Sin embargo, no todos los vehículos están gravados. Estos son los que no tendrán que pagar el impuesto:
-Motocicletas con motor hasta de 125 cm3 de cilindrada, las cuales solo deben pagar los derechos de semaforización.
-Los tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.
-Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.
-Los vehículos y maquinaria de uso industrial, que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.
Por otra parte, los vehículos que estén matriculados en Bogotá, incluidos los de transporte público tendrán que pagar el impuesto.
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Si usted tiene que pagar el impuesto, no olvide estas recomendaciones para tener la copia de su factura y hacer el pago correspondiente.
– Tenga a la mano los siguientes documentos: licencia de tránsito, certificado de tradición del vehículo y/o declaraciones de vigencias anteriores.
– El avalúo comercial (base gravable) asignado por el sistema corresponde al establecido por el Ministerio de Transporte.
– Para los vehículos nuevos el avalúo comercial (base gravable) corresponde al valor registrado en la factura de compra sin incluir los impuestos (IVA e Impoconsumo).
– Puede pagar en línea por la opción “Presentar y/o Pagar por PSE” ubicada al final del liquidador o imprimir una copia de la factura o formulario en una impresora láser si va a realizar el pago en las sucursales bancarias autorizadas. En caso de declaración recuerde que debe firmar con bolígrafo de tinta negra.