Bogotá

Estos son vehículos que no deben pagar impuestos

Algunas motocicletas entran en este grupo.

Tenga en cuenta que este 23 de junio se acaba el plazo para pagar el impuesto de vehículos sin sanciones.

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Sin embargo, no todos los vehículos están gravados. Estos son los que no tendrán que pagar el impuesto:

-Motocicletas con motor hasta de 125 cm3 de cilindrada, las cuales solo deben  pagar los derechos de semaforización.

-Los tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.

-Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.

-Los vehículos y maquinaria de uso industrial, que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.

Por otra parte, los vehículos que estén matriculados en Bogotá, incluidos los de transporte público tendrán que pagar el impuesto.

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Si usted tiene que pagar el impuesto, no olvide estas recomendaciones para tener la copia de su factura y hacer el pago correspondiente.

– Tenga a la mano los siguientes documentos: licencia de tránsito, certificado de tradición del vehículo y/o declaraciones de vigencias anteriores.

– El avalúo comercial (base gravable) asignado por el sistema corresponde al establecido por el Ministerio de Transporte.

– Para los vehículos nuevos el avalúo comercial (base gravable) corresponde al valor registrado en la factura de compra sin incluir los impuestos (IVA e Impoconsumo).

– Puede pagar en línea por la opción “Presentar y/o Pagar por PSE” ubicada al final del liquidador o imprimir una copia de la factura o formulario en una impresora láser si va a realizar el pago en las sucursales bancarias autorizadas. En caso de declaración recuerde que debe firmar con bolígrafo de tinta negra.

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