El fallo a favor de las madres comunitarias no fue lo que se esperaba. Después de un largo debate y varias ponencias, la Corte Constitucional aceptó solo una parte de la tutela y anuló otra por no contrariar la jurisprudencia.
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De esta manera, ordenó al Icbf pagarles pensión a las 106 trabajadoras demandantes, aunque no se les reconocerán los salarios y aportes a salud debido a que, para el alto tribunal, no existía un «contrato realidad en abstracto» entre el Bienestar Familiar y las demandantes.
Esta precisión en el fallo incomodó a las madres comunitarias que desde el 2015 decidieron dar la pelea ante en Estado para que se les reconocieran sus derechos laborales.
Pero no fue solo este detalle el que tomó por sorpresa al gremio. Las miles de madres comunitarias de todo el país que se sentían acobijadas con esta demanda quedaron excluidas de la decisión, ya que la Corte aclaró que el pago de la pensión se hará solo a las 106 mujeres que interpusieron la tutela.
A pesar de estas críticas, los magistrados dejaron en claro que protegieron los derechos de las madres comunitarias pertenecientes a la tercera edad, por ser consideradas como población vulnerable, y al tiempo fueron responsables con el manejo fiscal, debido a que el pago de todas las prestaciones y salarios sumarían más de 2 billones de pesos.
Declaraciones
El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, fue uno de los que se pronunció sobre el fallo, que consideró favorable. “Consideramos que es una decisión de la Corte Constitucional acertada. Creemos que se escucharon los puntos de vista de la nulidad que presentó el Gobierno Nacional sobre este tema”, dijo.
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Para Cárdenas, el fallo respetó “la jurisprudencia anterior de la Corte Constitucional y al mismo tiempo abogó por un manejo sostenible de las finanzas públicas” debido a que el Gobierno no cuenta con los recursos suficientes para pagos billonarios como este, “entonces en eso tenemos que ser muy responsables en el manejo fiscal”.
¿Quiénes son?
Son 106 mujeres trabajadoras del programa ‘Hogares comunitarias del Bienestar’ que en noviembre del 2015 interpusieron acciones de tutela contra el ICBF y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) “por considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la igualdad, a la seguridad social, a la dignidad humana, al mínimo vital y al trabajo” debido a que durante décadas no les pagaron los aportes a pensión y seguridad social.
Muchas de ellas son mujeres mayores de 70 años y se vincularon con el instituto desde la década de los 80.