Colombia

Así funcionará la Jurisdicción Especial para la Paz con sus pros y contras

Este lunes, en la noche, fue aprobado mediante mecanismo de ‘fast track’ la reforma Constitucional más importante para la implementación de los acuerdos de paz.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es un mecanismo de justicia transicional que se pactó en el acuerdo de paz firmado con las Farc y que permitirá investigar, esclarecer, perseguir, juzgar y sancionar las graves violaciones a los Derechos Humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por miembros de la guerrilla, integrantes de la Fuerza Pública y terceros involucrados en el conflicto armado.

La Jurisdicción Especial para la Paz aparece en el punto 5 del acuerdo de paz dedicado a las víctimas del conflicto.

Así se crea el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición que incluye:

Recomendados

* Jurisdicción Especial para la Paz

* Comisión de Esclarecimiento de la Verdad

* Unidad especial para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado

Este lunes, en el Senado, lo que realmente se aprobó fue el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que obtuvo un total de 61 votos a favor y 2 en contra, que fueron de Claudia López y Antonio Navarro Wolf.

Vigencia: Tendrá una vigencia de 10 años contados a partir de la entrada en funcionamiento de la totalidad de salas y secciones de la JEP, y una extensión de 5 años más para concluir su actividad.

Salas que la conforman:

* Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas

*Sala de Amnistía e Indulto

*Sala de Definición de Situaciones Jurídicas

*Sala de Unidad de Investigación y Acusación

*Tribunal para la Paz

*Secretaría Ejecutiva

Estará conformada por magistrados colombianos, aunque podrá contar con una minoría de magistrados extranjeros.

83 modificaciones al proyecto

Algunas de ellas:

-La comparecencia de terceros ante la JEP será una decisión libre, salvo los casos que involucren delitos como violencia sexual, ejecuciones extrajudiciales, tortura, reclutamiento forzado o desplazamientos.

-Las actuaciones de las Fuerzas Armadas están cobijadas por una presunción de legalidad, por lo que recibirán un tratamiento simétrico en algunos aspectos, diferenciado en otros, pero siempre equitativo y simultáneo.

¿A quiénes juzgará?

-Farc: Todos los miembros de grupos armados al margen de la ley que hayan firmado un acuerdo de paz con el Gobierno.

-Militares: Todos los agentes del Estado que hubieren cometido delitos relacionados con el conflicto armado y con ocasión de este. Se les aplicará la JEP de forma diferenciada, otorgando un tratamiento equitativo, equilibrado, simultáneo y simétrico.

-Terceros: Todos los que participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado. Se aplicará a los investigados o condenados por el delito de rebelión u otros relacionados con el conflicto, aunque no pertenezcan a las organizaciones armadas en rebelión. Además, aquellas personas que hubieran tenido una participación determinante en el conflicto y no hubieren comparecido previamente ante la Sala de Verdad y Reconocimiento.

Sanciones:

De 5 a 8 años: A aquellos que reconozcan la verdad y responsabilidad ante los tribunales de paz por cometer delitos no tan graves. Ellos tendrán una restricción efectiva de la libertad que les permitirá reparar a las víctimas mientas cumplen la sanción.

De 15 a 20 años: A quienes no reconozcan la verdad y responsabilidad, sin perjuicio de que se obtengan redenciones en la privación de libertad, siempre y cuando el condenado se comprometa a contribuir con su resocialización a través del trabajo, capacitación o estudio durante el tiempo que permanezca privado de libertad.

¿Qué sigue?

Después de ser aprobada, se dará trámite a una ley estatutaria que permitirá reglamentar la Jurisdicción Especial para la Paz. En esa reglamentación se detallarán los delitos relacionados con el narcotráfico que serán de competencia de la justicia ordinaria y los que juzgará la JEP.

Aclaración:


La imposición de cualquier sanción no inhabilitará para la participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o pasivo, de participación política.


Frase:

“Con la aprobación de la JEP se garantiza la desmovilización y el desarme de las Farc el próximo 1 de junio. Desaparecerán como movimiento armado y las víctimas tendrán justicia, reparación y verdad”: Ministro del Interior Juan Fernando Cristo.

Los pros y los contra:

La JEP como instrumento para llegar a la paz

El senador Armando Benedetti, uno de los propulsores del sí, de los allegados políticos más cercanos al presidente Juan Manuel Santos y la Unidad Nacional aseguró que “esta es la estructura real de la implementación legislativa para la paz”. Sus pros, según el senador, “ es un momento histórico en donde se beneficiarán a guerrilleros y militares para que se puedan reintegrar a la sociedad”.

Por su parte, el ministro del Interiror, Juan Fernando Cristo, aseguró que la JEP será un instrumento fundamental para alcanzar la reconciliación de los colombianos, como pro resaltó que “se creará la Unidad de Búsqueda de personas desaparecidas, que será una institución clave en la consolidación de la paz en Colombia”.

El representante de Voces por La paz, Jairo Estrada,  también se manifestó a favor de la apobación de la JEP en el Senado y aseguraró que “es uno de los acuerdos fundamentales del Acuerdo de Paz, ya que propone las condiciones para superar la larga confrontación armada que ha sufrido Colombia”.

Como puntos a favor, resaltó que como instrumento de paz, la JEP  “reconoce los derechos de las víctimas, construye una solución de justicia y consolida una perspectiva de solución política.

El presidente Juan Manuel Santos ennumeró sus beneficios: Garantiza la reparación a las víctimas “garantiza verdad, con la creación de la Comisión de la Verdad, permite reconocer las causas de los problemas, identifica la solución de las mismas y garantiza la no repetición”. El primer mandatario adicionó que la Jurisdicción Especial para la Paz el único instrumento para lograr el fin del conflicto, “en todo el mundo se usa una justicia especial para superar los conflictos armados, no la justicia ordinaria”.

¿Impunidad para las Farc?

La votación de la JEP fue clara. 61 votos a favor y dos en contra. Resaltó y llamó la atención mediática que Claudia López, fiel apoyo de los acuerdos de paz y del Sí en  el Plebiscito, fue uno de los votos negativos. La senadora  realizó una ponencia paralela en la que resaltaba que la JEP no estaba midiendo con el mismo rasero los delitos de las Farc y de las Fuerzas Militares. “Es un despropósito con el país, con las víctimas y con nuestros militares que se desconozca la responsanbilidad de mando del secretariado de las Farc, mientras que al mando de las Fuerzas Militares, a nuestros héroes de guerra, se les imponga el hecho de que tienen que aceptar culpabilidad”.

Otro de los votos en negativo, fue del también senador de la Alianza Verde, Antonio Navarro, quien en su cuenta de Twitter, aseguró que del proyecto final se sacó el capítulo en donde hablaba de las empresas financiadoras de la guerra. Puso como ejemplo “la financiación voluntaria de paras por la Chiquita Brand fue declarado delito de lesa humanidad ¿Por qué excluyen hechos similares de la JEP?” (sic).

La votación no tuvo la presencia del Centro Democrático. Sin embargo, el senador Iván Duque se manifestó y afirmó que “la Justicia Especial para la Paz debería llamarse la Justicia Especial para las Farc. Esta jurisdicción terminará dándole la bendición a la que será la más grande operación de lavados de activos, puesto que la JEP equipara el narcotráfico con un delito político”. Según el senador, no hay instrumentos que garanticen que los culpables de delitos atroces paguen por sus crímenes y no habrá reparación efectiva para las víctimas.

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