En la respuesta de Juan Manuel Santos a Carolina Sáchica Moreno, la abogada de la comunidad Wayúu que interpuso un derecho de petición, afirma que no habrá estado de excepción en La Guajira porque para poder declarar dicho estado es necesario que existan hechos sobrevinientes. Es decir, que hayan ocurrido eventos anormales en lo que el Estado solo puede intervenir con facultades extraordinarias.
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El día que el Tribunal emitió el fallo le dio 48 horas a Santos para que respondiera a la justicia por la crisis social que viven las comunidades indígenas en el norte del país.
Su explicación tenía estar enfocada al derecho de petición de Sáchica, quien solicitó un estado de excepción en el departamento para liberar recursos que permitan dar solución a las problemáticas sociales, económicas y ecológicas que enfrentan los wayúu.
La Sala Plena también pidió al Ministerio del Interior que cumpla con lo dictado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), bajo medidas cautelares, en las que afirma que el Estado debe garantizar la vida de los wayúu.