Colombia

Mitos del Código de Policía y convivencia en Colombia

El próximo lunes 30 de enero se empezará a implementar este código de conducta para los ciudadanos colombianos y hay todavía mucha confusión en lo que genera multas y castigos.

Mentiras del Código de Policía y convivencia en Colombia

Desde que se anunció durante el año 2016 el cambio y novedades en estas normas ciudadanas se han presentado muchos rumores y especulaciones, por eso queremos revelar algunas de las más populares mentiras del Código de Policía y convivencia en Colombia que se empezará a hacer efectivo en los próximos días.

Mediante cadenas de WhatsApp y en publicaciones por redes sociales han circulado como ciertas estas supuestas normas o condiciones que no están incluidas en el texto del Código de Policía, pero que muchos han tomado como ciertas y que pueden llegar a generar problemas y dificultades si no se documenta bien.


Las 10 mentiras del Código de Policía y convivencia en Colombia

Los siguientes son algunos de los rumores que han rondado sobre el nuevo código y son MENTIRAS.

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  1. Si no se identifica y/o detiene por los policías no se le podrá imponer la multa o sanción respectiva y la podrá evitar

Falso, la Registraduría facilita a las autoridades correspondientes sus datos para la identificación, individualización en faltas que afecten la convivencia.

  1. Si se opone a un requerimiento policial solo deberá pagar la multa y no tendrá más consecuencias

Cuidado, aparte de la multa de 875000 pesos, oponerse a un procedimiento de la autoridad también puede terminar con arresto y penas de 4 a 8 años de prisión.

  1. No se pueden grabar los conocimientos de la Policía

Esto es falso, todos los actos de las autoridades se pueden grabar por los ciudadanos que quieran o necesiten tener registro de los actos policivos.

  1. Es obligación portar la cédula de ciudanía para no tener una multa

Falso, hay recomendación de siempre portarla, pero el único castigo llega cuando se niegan los ciudadanos a presentarla para entorpecer el procedimiento de las autoridades.

  1. Habrá multa para las empresas o instituciones que pidan una prueba de embarazo en el momento de recibir al persona femenino.

No es cierto ya que cada establecimiento establece sus condiciones y normas de contratación de personal.

  1. Está prohibido lactar en lugares públicos

Gran mentira, ya que las autoridades respetan esta acción natural de la vida y que simplemente están en el comportamiento natural de las madres de familia.

  1. Habrá decomiso de mercancía a los vendedores informales en la calle

No es cierto, para esto hay planes de administraciones locales con el objetivo de reubicación y formalización, estas dependen de cada una de las alcaldías y gobernaciones respectivas.

  1. El kit de emergencia debe ir en la parte delantera de los vehículos

Esto no es cierto, ya que la norma indica que se debe tener este pero en el baúl del automóvil por seguridad.

  1. Está prohibido usar audífonos mientras se monta en bicicleta, patines u otro vehículo de transporte alternativo

Mentira, aunque es recomendable no portarlos a alto volumen mientras se transita por las calles, no hay multa o castigo si esto ocurre.

  1. La policía puede entrar cuando quiera a una vivienda, así no tenga autorización

Es otra de las mentiras sobre este código, los uniformados pueden ingresar siempre y cuando tengan una autorización judicial o haya una situación de emergencia dentro del inmueble.


Para estar seguro y no caer en las mentiras del Código de Policía y convivencia en Colombia se recomienda que consulte a las autoridades sobre sus dudas y además en el siguiente enlace podrá encontrar en detalle todo lo que se empezará aplicar el próximo lunes 30 de enero de 2016 a nivel nacional http://fundeseg.org/wp-content/uploads/2016/10/LEY-1801-de-2016-codigo-nacional-de-policia.pdf

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