Bogotá

¿Peñalosa sí puede prohibir las protestas antitaurinas?

El Distrito, en cabeza del alcalde Enrique Peñalosa, prohibió las manifestaciones antitaurinas para evitar violencia el próximo domingo.

El pasado lunes, 23 de enero, el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, afirmó a través de su cuenta de Twitter que “debido a la violencia que se presentó (el pasado 22 de enero), el próximo domingo no permitiremos manifestaciones en las inmediaciones de la plaza de Santamaría”.

Además, agregó que aumentará los efectivos de la Policía para proteger a quienes asistan a dicho escenario, tras haber estado cerrado por cuatro años. Pero, ¿qué tan cierto es que el alcalde puede prohibirle a los ciudadanos su derecho a protestar?

Fabio Pulido, experto en Derecho Constitucional de la Universidad de La Sabana, en diálogo con PUBLIMETRO, explicó que ni el alcalde ni ninguna otra persona puede puede prohibir el derecho a manifestar o a protestar, ya que es un derecho fundamental y así mismo debe ser garantizado por el estado.

Recomendados

Lo que realmente está prohibido son las manifestaciones a través de vías de hecho, es decir, es ilegal que las personas que asistan a las protestas tengan actos de violencia, agredan a otros o provoquen alteración en el orden público.

Pulido explicó que «la protesta es un derecho constitucional pero, al igual que cualquier derecho, tiene límites y se puede regular, es decir, el alcalde puede regular el ejercicio de ese derecho«.

De esta forma, el alcalde puede limitar la protesta para proteger los derechos de otras personas; sabiendo que la manifestación antitaurina desencadenará en agresiones contra quienes asistan a las corridas de toros, Peñalosa puede exigir a los manifestantes que no protesten en ese sector, pues debe velar por la protección, la vida y la integridad de los taurinos y del orden público.

Siendo así, «el alcalde no puede restringir el derecho a protestar pero sí puede regularlo para que se ejerza de una forma armónica con los otros derechos», señaló Pulido.

En este caso el alcalde debe brindar un espacio alternativo como opción para garantizar la protesta y no violarles los derechos a los manifestantes. 

Además, de acuerdo con la Sentencia C-742-12, de la Corte Constitucional, «Es un delito la obstrucción de vías públicas que afecten el orden público»; pero aquellas manifestaciones que obstruyan la vía deben tener una autorización del gobierno para no incurrir en la ilegalidad.

También le puede interesar:

 

Tags

Lo Último

Lo que debe saber


Te recomendamos