Colombia

Corte ordena a Eps no negar medicamentos a pacientes farmacodependientes

El fallo se emitió al resolver una acción de tutela que presentó un paciente, quien consideró que su Eps le negó un tratamiento de rehabilitación de este tipo.

Eps no podrán negar medicamentos

Ahora las Eps no podrán negar medicamentos a pacientes farmacodependientes porque se estarían vulnerando los derechos fundamentales de la personas, indicó la Corte Constitucional.

El alto tribunal agregó en el fallo que las entidades de salud tienen como objetivo velar por la protección a la salud de los pacientes. Por tal, negarse a entregar medicamentos a los farmacodependientes sería una clara omisión a sus obligaciones constitucionales y legales.

Uno de los argumentos de la Corte es que los farmacodependientes representan un problema para su familia y la sociedad, por lo que “de no suministrarse el tratamiento, se pueden aumentar las conductas agresivas que pone en riesgo la integridad del paciente y de las personas que lo rodean”, se lee en el fallo.

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Entre las personas que esta decisión protege están las que padecen de graves cuadros de adicción y que, producto de esto, presentan enfermedades mentales. Así que, además de las Eps, estos pacientes deben ser protegidos por el Estado.

“La Corte recalca que el Estado, como principal responsable de la prestación de servicios de salud, debe implementar programas y políticas de prevención, tratamiento y rehabilitación”, indicó la sentencia.

Y agregó que, de no atender estos casos, “se pueden aumentar las conductas agresivas que pone en riesgo tanto la integridad del paciente como de las personas que lo rodean”.

Plan Obligatorio de Salud

Aunque los medicamentos que se recetan en este tipo de tratamientos no hacen parte del Plan Obligatorio de Salud, el alto tribunal pidió al Estado que las Eps y los centros de atención médica busquen la manera de suministrar los fármacos.

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