Colombia

Ya no podrán despedir a hombres que estén esperando un hijo

Esta vez fue la Corte Constitucional la que falló a favor de las familias colombianas y ordenó que los beneficios de los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo se apliquen a los padres.

hombres que esperen un hijo no podrán ser despedidos
EFE hombres que esperen un hijo no podrán ser despedidos

Con este fallo, los hombres que esperen un hijo no podrán ser despedidos y tampoco podrán hacerlo durante la licencia de maternidad. Pero aclara que este caso solo aplica cuando la madre gestante no trabaja y el padre es la única fuente económica de la familia

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Específicamente la Corte dice que «el cónyuge o compañero(a) permanente trabajador(a) de la mujer embarazada no trabajadora, no pueda ser despedido durante el periodo de embarazo o lactancia o que para poderlo despedir se requiera la autorización del inspector del trabajo, tal y como lo ordena el Código Sustantivo del Trabajo para la mujer embarazada».

El argumento del alto tribunal es que de esta manera se protege al pequeño que está por nacer o al recién nacido, ya que se le garantizan los derechos a la vida, la igualdad, la familia, la seguridad social y a la protección a la maternidad en favor de la mujer embarazada no trabajadora.

Este fallo se dio gracias a la demanda interpuesta por Wadys Tejada Flórez, quien pidió que los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo se apliquen a los padres.

Hace menos de un mes también se logró ampliar la licencia de maternidad tanto para las madres como para los padres, a través de un proyecto de ley.

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