Para el Consejo de Estado existen pruebas suficientes que demuestran que en las votaciones del pasado 2 de octubre la opción del ‘no’ ganó “producto de la violencia por engaño al que fueron sometidos los colombianos por parte de quienes impulsaron dicha campaña”.
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Los magistrados creen que dicha información difundida por los líderes del ‘no’ influyó en la votación de los ciudadanos, quienes tenían en sus manos decidir si aceptaban o no el acuerdo de paz que se había firmado con las Farc el 26 de septiembre en Cartagena.
“La Consejera estudió cada uno de los hechos que precedieron dicha jornada electoral y algunos conocidos con posterioridad, y dio pleno valor probatorio a la entrevista dada al diario la República por el señor Juan Carlos Vélez Uribe, en su condición de Gerente de la Campaña del ‘no’ del Centro Democrático, en la que dio cuenta de cómo crearon y divulgaron mensajes alejados de la realidad, con los que ejercieron violencia por engaño contra el electorado, lo que produjo el resultado conocido”, se lee en el documento del Consejo de Estado.
El dato:
La opción del ‘no’ ganó en el plebiscito con el 50,21 % (6.431.376 votos) y el ‘sí’ obtuvo el 49,78% (6.377.482 votos). Solo el 37,43 % de las personas habilitadas para votar ejercieron su derecho ese día.
Las decisiones
Estas razones llevaron a la Magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, mediante auto de ponente, a admitir la demanda de nulidad electoral y decretó medidas cautelares de urgencia.
Entre ellas, ordenó al Congreso de la República y al Presidente de la República, “Avanzar con la implementación del actual ‘Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera’ disponiendo para ello –aún en sesiones extraordinarias convocadas para tal fin– de los mecanismos especiales de creación normativa establecidos en el Acto Legislativo 01 de 2016 (Fast Track)”.
También exhortó “a la Corte Constitucional para que priorice la resolución de las demandas de constitucionalidad en las que deba pronunciarse expresamente sobre la vigencia del acto legislativo 01 de 2016 y en especial sobre el artículo 5° de dicha preceptiva”, indicó el Consejo de Estado.