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Con el Día D las Farc empiezan su proceso para dejar de ser guerrilla

Este día, definitivo para el Gobierno como para el grupo armado, marca aspectos importantes en la cronología del proceso de paz.

Por una parte, el Día D da paso a la implementación del acuerdo de paz con las Farc, pero también fija las fechas para la concentración de los guerrilleros y su posterior desarme, además de ponerle fin a los diálogos que se desarrollaron en La Habana.

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Sin embargo, la fecha de ese día aún es una incógnita. Según el presidente Juan Manuel Santos, el Día D fue este jueves primero de diciembre porque el día anterior el Congreso aprobó la refrendación del acuerdo. Pero los líderes de las Farc insisten en que el Día D será cuando se apruebe el ‘Fast Track’ y la ley de amnistía e indulto esté lista para que ellos puedan movilizarse, sin ningún temor, a las zonas de concentración.

Según el ministro del Interior Juan Fernando Cristo, los miembros de las Farc empezarán desde este martes 5 de diciembre a trasladarse a estos lugares y comenzará en el Congreso el proceso de aprobación de las leyes necesarias para poder asegurar la desmovilización, con o sin ‘Fast Track’.

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El Alto Comisionado para la Paz, Sergio Jaramillo, también explicó que «el acuerdo dice que con la firma debe comenzar el desarme y luego en un protocolo se dice también que cuando entre en vigor el acuerdo es el Día D».

El dato:


Según el Gobierno, las Farc empezarán a trasladarse a las zonas de concentración este martes 6 de diciembre, que corresponde al día D + 5.


Jaramillo recordó que hace algunos días dialogaron con el abogado español Enrique Santiago, defensor de las Farc, y él reconoció que “el acuerdo entraba en vigor con la refrendación del Congreso».

Pero Santiago señaló que “lo que el acuerdo no define exactamente es cuánto tiempo ha de tardarse en concluir ese traslado (de los miembros de las Farc a las zonas)”.

La ONU respalda el acuerdo

La Misión de la ONU en Colombia celebró la refrendación del acuerdo de paz y aseguró que ese trámite «abre el camino para la implementación» del mismo.

«Esta ratificación abre el camino para la implementación de un acuerdo integral con la promesa de una nueva era de paz después de más de cinco décadas de un conflicto prolongado y brutal», indicó la Misión en un comunicado.

Corte Constitucional

La decisión de la Corte Constitucional será crucial esta semana porque definirá si avala o no el Fast Track y las facultades especiales que se les otorgarán al Presidente por seis meses.

Por eso citó a sala extraordinaria este viernes para estudio de la ponencia en demanda contra el punto 1 y 2 del Acto Legislativo para la Paz.

Proyectos que se aprobarían en el Fast Track

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, contó qué proyectos conformarán el primer paquete que se presentará en el Congreso.

  1. Ley de Amnistía y Acto legislativo de incorporación de la Jurisdicción Especial para la Paz, a la Constitución Política.
  2. Ley o Acto legislativo de creación de la Unidad para la investigación y desmantelamiento de las organizaciones criminales.
  3. Leyes necesarias para la aprobación de las normas procesales que regirán los procedimientos de la Jurisdicción Especial para la Paz.
  4. Acto legislativo y normas de organización sobre la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.
  5. Ley de tratamiento penal diferenciado para delitos relacionados con los cultivos de uso ilícito, cuando los condenados o procesados sean campesinos no pertenecientes a organizaciones criminales.
  6. Suspensión de órdenes de captura de integrantes de las Farc o personas acusadas de serlo o de colaborar con dicha organización y suspensión de los procedimientos de extradición de los anteriores hasta entrada en vigencia de la ley de amnistía y de la norma Acuerdo Final.
  7. Reforma constitucional y legal sobre garantías y participación para el nuevo partido o movimiento político que surja del tránsito de las Farc a la vida política legal.
  8. Normas y medidas necesarias para la implementación y verificación de los acuerdos, incluyendo lo relativo a normas de financiación.
  9. Normas o reformas constitucionales o legales necesarias para que el Plan Cuatrienal de Implementación, con su correspondiente Plan Plurianual de Inversiones sea incorporados al Plan Nacional de Desarrollo de la respectiva vigencia.

 

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