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Empresas de servicios públicos ya no podrán cobrar por reconexión

La ley que prohibirá este cobro fue aprobada en el Congreso y ahora solo falta la sanción presidencial.

Se trata de la ley 142 de 1994 que fue modificada para eliminar el cobro por reconexión y reinstalación de los servicios públicos domiciliarios residenciales, además de dictarse otras disposiciones.

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Este proyecto, iniciativa del senador Lidio García Turbay, beneficiará a las estratos 1, 2 y 3 y entrará en vigencia apenas el Presidente Juan Manuel Santos la firme y la sancione.

Según lo que dice la ley, las familias colombianas ya no tendrán que pagar el valor de multa por reconexión o reinstalación cuando la suspensión del servicio haya sido por mora en el pago.

Además, la reconexión del servicio tendrá que hacerse dentro de las 24 horas siguientes después del pago de la factura.

“Aquí a nosotros los senadores nos cortan un servicio domiciliario porque se nos olvida pagar un recibo, pero a toda la gente del estrato 1, 2 y 3 se lo cortan porque no tienen con qué pagar un recibo de la luz, un recibo del gas y tiene que coger muchas veces la plata de la comida para pagar los recibos”, dijo García Turbay.

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