La Sala Plena del alto tribunal manifestó que en contra de ese fallo, tomado en abril del 2016, “no existe recurso alguno”.
En la petición, el director de la fundación, Javier Suárez, señalaba que la Corte Constitucional se extralimitó en sus funciones, ya que era el Congreso el que debía legislar ese tema.
Por eso, la respuesta de la Corte fue: “El recurso de reposición, interpuesto por Javier Armando Suárez Pascagaza, en su calidad de representante legal de la Fundación Marido y Mujer, es improcedente y, en consecuencia, será rechazado de plano”.
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Antes de aprobarse el matrimonio entre parejas del mismo sexo, en el 2011 la Corte Constitucional indicó que las uniones entre personas del mismo sexo constituían una familia.
Hasta que el pasado mes de abril el alto tribunal logró aprobar el matrimonio homoparental, después de varios debates y el rechazos entre algunos sectores de la comunidad.