Economía

Bancos ya no podrán llamarlo a cobrarle en su horario de trabajo

Conozca todas las cosas que los bancos de ahora en adelante no podrán hacer con sus clientes morosos.

La medida será tomada por la Superintendencia Financiera a partir del próximo mes. Esto luego de haber sido dada a conocer en el 13 Congreso Internacional de Crédito y Cobranza.

PUBLICIDAD

Dentro de los puntos más importantes está que no los podrán llamar en horas extrañas ni compartir su información con terceros, así como tampoco abusar de la posición dominante contractual frente al deudor.

Jorge Castaño, superintendente financiero, dijo en el 13 algunos de los puntos que se van a implementar desde el mes de octubre son:

  • Se deben gestionar alternativas de pago idóneas para el consumidor.
  • Respetar el consumidor financiero.
  • Atender el perfil de riesgos del consumidor financiero.
  • Utilizar mecanismos no invasivos: sin afectar la intimidad y buen nombre del deudor. Establecer contacto en horarios que coincidan con la actividad económica que éste realice.
  • No abusar de la posición dominante contractual frente al deudor.
  • Los gastos generados por la cobranza deben responder a una gestión efectiva en el recaudo de la obligación.
  • Solamente se pueden generar gastos de cobranza prejudicial (honorarios) luego de que se inicien las acciones de cobro prejurídico.
  • La gestión de cobranza debe ser realizada con personal capacitado e idóneo.
  • Abstenerse de informar sobre la mora y el desarrollo de la gestión de cobranza a terceros que no hacen parte de la relación crediticia.
  • Abstenerse de utilizar los datos personales de terceros con el fin de obtener información del deudor.
  • Abstenerse de fijar avisos en zonas comunes del lugar de residencia o en diarios de amplia circulación en los que se informe la condición del deudor, así como enviar comunicaciones a terceros que tengan relaciones comerciales con el deudor.
  • Garantizar la reserva y custodia de la información personal y crediticia del deudor.
  • Poner a disposición del deudor toda la información relacionada con la cobranza prejudicial.
  • Fundamentar la cobranza en saldos actualizados diariamente. Los acuerdos y abonos deben reflejarse de inmediato en el estado de cuenta del deudor.
  • Respetar los acuerdos de pago y los plazos de cumplimiento establecidos con el deudor.

Para revisar el documento completo, de clic acá

Tags

Lo que debe saber

Lo Último