Opinión

Jueces de vanguardia

El recurso de habeas corpus admitido y resuelto hace pocos días a favor de ‘Chucho’, el oso de anteojos que Corpocaldas trasladó de una reserva en Manizales a un zoológico en Barranquilla, fue reversado por un nuevo fallo de la Corte Suprema de Justicia. El tribunal tumbó la inédita decisión del magistrado Armando Tolosa al estimar que solo los seres humanos pueden beneficiarse del mecanismo porque solo ellos son sujetos de derechos. En cambio, Tolosa planteó que los animales, en su condición de seres sintientes, son titulares de algunos derechos y dignos de protección del Estado, en virtud de lo cual aceptó la procedibilidad del recurso.

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En 2013 ocurrió algo similar en el Consejo de Estado. El exmagistrado Enrique Gil Botero protegió los derechos de los individuos de una especie de primates que estaban siendo víctimas de crueldad en pruebas científicas. Su decisión se basó en una juiciosa revisión filosófica que lo llevó a reconocer y salvaguardar la condición de los animales como seres dignos, dotados de valor intrínseco y con intereses autónomos en su propia vida y bienestar.

Sin embargo, otra magistrada revocó la decisión al estimar que los animales no tienen derechos y que suspender los permisos de experimentación vulneraba la dignidad humana y el derecho fundamental a la investigación científica. En suma, los intereses de los seres humanos que, a su juicio, son los únicos sujetos revelantes a efectos de consideración moral y protección jurídica.

Ejemplos de tensiones similares se encuentran en tribunales constitucionales de otros países. Jueces que han desafiado paradigmas del derecho ortodoxo mediante posturas profundamente éticas, innovadoras y audaces a favor de animales usados en diferentes escenarios de conflicto se han topado, en ocasiones, con las resistencias ideológicas de quienes le temen al cambio.

El miedo del conservadurismo jurídico es abrir la que califican como la ‘peligrosa compuerta de los derechos animales’ y ver mermada, en consecuencia, la dominación humana sobre los demás seres vivos sintientes con su autorización para disponer de ellos a su antojo. Es el mismo miedo que durante siglos mantuvo en la condición jurídica de objetos y subalternos a mujeres, indígenas y negros, cuyos derechos fueron negados. Por fortuna, hubo quienes se atrevieron a desafiar estos prejuicios, poniendo fin a la injusticia.

La cuestión es que los consensos sociales sobre cuál debería ser el tratamiento jurídico a los animales también están cambiando. Jueces en todo el mundo están acuñando categorías éticas novedosas para clasificar a los animales y admitiendo recursos legales otrora reservados para los seres humanos, como el de habeas corpus y la acción de tutela. No para que osos o chimpancés sean tratados como humanos o para que se les reconozcan los mismos derechos de las personas humanas, según temen algunos opinadores, sino para que se proteja su bienestar de la caprichosa y egoísta voracidad humana.

Mantener a los animales relegados al estatus jurídico de ‘bienes’, sobre los cuales se ejercen derechos de apropiación y usufructo es la opción de quienes prefieren mantener el ‘orden de las cosas’ e intacta la peligrosa fantasía de la ‘exclusividad humana’. Empero, los cambios sociales, culturales y jurídicos se gestan y consolidan desafiando paradigmas.

¿Quién dijo que el derecho es inamovible u obra de dioses? Los derechos son construcciones sociales que cambian al tenor de los tiempos. Los de los animales no humanos están en proceso.

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