Colombia

La salvación del acuerdo de La Habana no está en demandas

Aunque se han registrado varias medidas judiciales en contra de los resultados del plebiscito del 2 de octubre, los argumentos legales no serían suficientes para superar el voto por el ‘no’

Las maniobras de rescate del acuerdo de paz de La Habana, luego de la victoria del ‘no’ en el plebiscito del pasado 2 de octubre, han pasado del plano político al jurídico, en especial luego de las declaraciones de Juan Carlos Vélez que apuntarían a un presunto fraude en la campaña del ‘no’.

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Las acciones judiciales presentadas ante el Consejo de Estado, la Corte Constitucional, el Consejo Nacional Electoral y varios tribunales superiores buscan habilitar al Gobierno para ignorar la victoria del ‘no’ y mantener el acuerdo de paz de La Habana sin modificaciones.

Justamente, este jueves se recibió una tutela en el Tribunal Superior de Cundinamarca que busca, con estos argumentos, desvirtuar los resultados de la elección por fraude al sufragante y debido al efecto que el huracán Matthew tuvo en la jornada electoral, especialmente en la Costa Atlántica.

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Según el abogado que presentó la tutela, Hermann Garrido, Matthew tuvo un efecto tan fuerte en la elección en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Córdoba, La Guajira, Magdalena, Cesar, Sucre y San Andrés que es necesario, como mínimo, repetir la jornada electoral.

Garrido pidió que se analicen concienzudamente estos argumentos, «en la medida que lo que se presentó si bien fue de fuerza mayor o caso fortuito, en todo caso afectó el resultado electoral», según dijo a RCN Radio.

Otras demandas se basan en los argumentos presentados por la campaña del ‘no’ y que reconoció Vélez el pasado 6 de octubre en diálogo con La República, los cuales demostrarían que se presentó un engaño electoral que hizo que los 6,5 millones de colombianos que votaran por el ‘no’ lo hicieran engañados.

Incluso, es posible que una demanda del propio Centro Democrático ante la Corte Constitucional, presentada en agosto y que buscaba dejar de hacer vinculantes los resultados del plebiscito en caso de una victoria del ‘sí’, sería estudiada por el alto tribunal para retirar las limitaciones al Ejecutivo (ver recuadro).

«Son argumentos endebles»

El director del grupo de Teoría Jurídica de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Grenfieth Sierra, aseguró en diálogo con PUBLIMETRO que estas demandas tienen pocas oportunidades para prosperar, debido a que sus argumentos no tienen una fuerza suficiente.

«El argumento que buscan construir en estas demandas es que la paz es un derecho contramayoritario: al ser un derecho fundamental y una obligación constitucional, independientemente de que una parte de la población colombiana haya dicho ‘no’, la paz debe firmarse», explica el jurista.

Esta teoría es utilizada, por ejemplo, en decisiones como el matrimonio igualitario o la adopción de parejas del mismo sexo, y permite que se protejan derechos legítimos de las minorías contra las opiniones políticas de mayorías que pretendan restringirlos.

El 51% de los que votaron decidieron que no están de acuerdo con la política de este Gobierno, y hay un mandato sobre esto.

Grenfieth Sierra, director de Teoría Jurídica de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario.

El problema para sustentar esta teoría es la existencia de un hecho político: la victoria del ‘no’ el pasado 2 de octubre. «No se puede desconocer el resultado del plebiscito. Si la Corte falla, está desconociendo la voluntad del pueblo», asegura Sierra.

«Aún así, se desconoce otro punto más grave: el plebiscito era la aprobación de una política. Pero el Gobierno y sus asesores políticos distorsionaron esta noción y ataron todo un gobierno y una política al resultado del plebiscito. Ahora estamos pagando las consecuencias», reflexionó.

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La demanda uribista que salvaría el proyecto

La demanda presentada ante la Corte Constitucional por Óscar Iván Zuluaga, Iván Duque y Carlos Holmes Trujillo contra el Acto Legislativo para la Paz buscaba tumbar el artículo 5 de la norma, en el cual se aprobaba la refrendación popular del acuerdo de La Habana mediante plebiscito.

La norma se caería por vicios de forma: según los líderes uribistas, el trámite de este artículo no fue aprobado por debates consecutivos, con lo cual se incumpliría la Ley 5 de 1992 y se podría declarar inconstitucional el artículo.

La demanda no ha sido estudiada por el alto tribuanal, con lo que se abriría un espacio para que el Gobierno pueda superar el impase jurídico de la votación del plebiscito.

PUB/JMR

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