Colombia

Corte Constitucional autoriza llevar carros mal parqueados a los patios

La Corte Constitucional dio su aval a las autoridades de tránsito del país para que levanten los automóviles mal parqueados y los lleven a los patios cuando sus conductores no se encuentren cerca.

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Según la decisión de la Corte, el bienestar público asociado al espacio público que ocupan los vehículos mal parqueados debe priviliegiarse sobre el bien particular de sus conductores al estacionar indebidamente, por los que estos deben respetar el espacio público.

Así mismo, al llevar los vehículos a los patios sin que el conductor esté presente, no se están vulnerando los derechos fundamentales de los conductores, y tampoco se trata de un castigo excesivo con respecto a la infracción.

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Esto va en contra de la demanda impuesta contra la norma por un ciudadano, quien aseguró que al llevar su vehículo mal parqueado en grúa se estaba violando su derecho al debido proceso.

La Corte ratificó el artículo de la Ley 769 de 2002 que hace que los conductores de automóviles estacionados indebidamente sean notificados y reciban un comparendo, pero sus vehículos no sean llevados a los patios. Cabe resaltar que la multa por estacionar ilegalmente es de 15 salarios mínimos diarios ($344.700 para 2016)

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