Colombia

Los derechos que el Acto Legislativo para la paz le otorga a Santos

El martes fue firmado por los presidentes del Senado y la Cámara y ahora hace parte de la Constitución Colombiana. Sin embargo, no entrará en vigencia hasta que se conozca el resultado del plebiscito por la paz.

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El Acto Legislativo busca blindar los acuerdos de paz con las Farc y le otorga una serie de facultades al presidente de Colombia una vez se haya firmado dicho acuerdo.

Según indica la norma, por ser un Acto Legislativo no necesita promulgación, lo que significa que con las firmas de los presidentes del Senado y Cámara «entra en vigencia, en virtud que es un acto soberano del Congreso de la República», señala un comunicado del Senado.

El senador Luis Fernando Velasco explicó que con la firma del Acto se le abren las puertas al Presidente colombiano, Juan Manuel Santos, «para implementar el acuerdo final de La Habana, tras más de un año de trabajo legislativo alrededor de la construcción del proceso de paz».

Además de ser una reforma constitucional que incorporará a Constitución todo lo que acuerden el Gobierno y las Farc, también contempla los siguientes derechos:

Las facultades extraordinarias solo se le otorgarán por 90 días, contados a partir de la entrada en vigencia del artículo o la refrendación del Acuerdo Final.

El Presidente de la República podrá expedir decretos con fuerza de ley necesarios con el objetivo exclusivo de facilitar y asegurar la implementación del Acuerdo Final.

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Se podrán prorrogar las facultades extraordinarias al presidente por 90 días más, una sola vez, a través de decreto presidencial. Una vez se venza la prórroga, las leyes ordinarias necesarias para asegurar y facilitar la implementación del Acuerdo Final se realizará a través del procedimiento legislativo especial (Comisión Legislativa).

Límites a las facultades extraordinarias al presidente: no podrán utilizarse para expedir actos legislativos, leyes estatutarias y leyes orgánicas.

Aprobación

Después de 8 debates en la Cámara y el Senado, el primero de junio fue aprobado en el Congreso, con 97 votos a favor y 17 en contra, este proyecto con el que se implementarán los acuerdos que se firmen en La Habana.

Finalmente, el 28 de junio los presidentes del Senado, Luis Fernando Velasco, y de la Cámara, Alfredo Deluque firmaron la norma para que entrara en vigencia.

Ahora solo falta que gane el sí en el plebiscito por la paz para que todo lo pactado en el Acto Legislativo se pueda cumplir.

Oposición del Centro Democrático

La bancada uribista siempre se mostró en desacuerdo con el proyecto y en repetidas oportunidades intentó archivarlo por considerar que era inconstitucional.

Luego, pidieron retirar 4 de los 5 artículos, pero la petición tampoco fue aceptada.

El Acto Legislativo para la paz contó con el apoyo total de la Unidad Nacional, que con sus votos a favor en todos los debates lograron sacar adelante el proyecto.

Lo que dicen los otros artículos

Además de las facultades extraordinarias que se le otorgan al presidente, la norma también indica lo siguiente:

Los trámites de los proyectos de ley se podrán realizar en 2 debates, el primero en la Comisión Legislativa para la paz y el segundo en el Congreso en pleno. los actos legislativos se podrán realizar en 3 debates, siendo el primero en la Comisión Legislativa para la paz y los otros en las Plenarias de Senado y Cámara de Representantes.

La Comisión Legislativa para la paz estará integrada por miembros de las comisiones Primera de Senado y Cámara de Representantes y 12 miembros más designados por las mesas directivas de las dos cámaras en conjunto.

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EA/PUB

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