La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia prohibió la producción y comercialización de apuntadores láser con potencia superior a un milivatio debido a que comprobó que pueden causar daños oculares.
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«Los apuntadores láser deben ser usados únicamente por profesionales y expertos para fines médicos, científicos, industriales y militares con las precauciones necesarias», explicó la entidad en un comunicado.
La decisión de la Superintendencia se produce luego de que el Ministerio de Salud reportara el 23 de noviembre de 2015 que en la ciudad de Medellín un joven de 19 años sufrió una quemadura en la retina de su ojo izquierdo al ser apuntado por un amigo durante menos de un segundo con un láser de 1.000 milivatios (mW).
En consecuencia, la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia ordenó, por medio de una resolución, que se suspenda inmediatamente la producción de los apuntadores.
Además, agregó el comunicado, se indica que «todo aquel que intervenga en el mercado colombiano en calidad de importador, fabricante, distribuidor o comerciante» deberá cumplir la medida.
Según la Superindustria, esta medida preventiva, que rige por el término de 60 días hábiles, «se adopta para proteger la vida y la seguridad de los consumidores».
Colombia es el primer país de América Latina que establece una medida preventiva frente a los apuntadores láser que emiten un rayo de luz de cualquier color y además de servir como «señalador» de exposiciones orales también pueden quemar tejidos o soldar metales, según su potencia.
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En Canadá, Francia, Suiza, Reino Unido, Nueva Zelanda, Grecia, Noruega y Australia ya se han impuesto restricciones en la comercialización de este producto.