El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, desencadenó una tormenta con la comunidad animalista al mostrarse en desacuerdo con una demanda impuesta por el expersonero de Bogotá Ricardo Cañón, y afirmar que en su criterio, los animales no deberían ser considerados como sujetos de derechos.
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La declaración de Ordóñez se dio en medio de un concepto emitido contra una demanda a los artículos 655 y 658 del Código Civil, que definen a los animales como parte de los bienes muebles, y específicamente como «semovientes». La demanda de Cañón a la Corte Constitucional pide que los anmales sean considerados como «titulares de derechos», debido a su condición de seres vivos y sentientes.
Según el Procurador, la petición de Cañón carece de fundamento. «La circunstancia de que los animales sean objeto de derechos reales únicamente es relevante para el tráfico jurídico, pero no respecto a la protección que debe otorgarse a la fauna silvestre ni tampoco respecto al trato que debe proporcionarse a los animales domésticos, es decir, que el actor le otorga a la norma demandada un alcance que no tiene», dijo.
Ordóñez determinó que darle derechos a los animales los equipara a los seres humanos, vulnerando uno de los principios básicos del Estado Social de Derecho según lo explica la Constitución de 1991.
«Debe partirse de que el reconocimiento de la dignidad humana es el eje central del Estado Social y Democrático de Derecho, lo cual implica que solamente de la condición de ser humano brota la obligación estatal de reconocer la personalidad jurídica por la cual se concibe a la persona como sujeto de derechos y obligaciones», dice la carta.
La polémica
El abogado Camilo Araque, quien presentó la demanda como apoderado de Cañón ante la Corte Constitucional, aseguró que el concepto del Ministerio Público, aunque está «sustentado en derecho», hace una interpretación anacrónica y desfavorable con respecto a los animales.
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Araque dijo a la revista Semana que la demanda no busca prohibir las corridas de toros, una reconocida afición de Ordóñez, y mucho menos restringir las actividades productivas con animales como la ganadería y la avicultura, sino promover políticas públicas que protezcan a los animales.
En redes sociales las críticas fueron muy fuertes contra el Procurador, a tal punto que este tuvo que salir en su cuenta de Twitter a aclarar su concepto.
¿Animales con derechos?
Según la abogada Catherine Álvarez, la concepción de los animales como seres sintientes no implica que a estos pueda garantizársele los derechos como lo solicita la demanda de Cañón.
«Los derechos recaen únicamente sobre las personas. Lo demás son obligaciones legales de hacer o no hacer. La ley se crea para regular siempre y exclusivamente conductas humanas. En este caso, recaen en una obligación de no hacer: no maltratar a los animales«, explica.
Esta protección implicaría que los animales pueden ser reconocidos como objetos, con una serie de protecciones especiales, pero que no recurran a la necesidad de pedir derechos. «La ley de protección animal establece una obligación real y exigible de proteger su integridad», aclara.
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