Colombia

Corte ordena reintegrar a un hombre despedido por usar su celular

La Corte Constitucional ordenó el reintegro de un trabajador a quien su empresa, una compañía de administración de información asociada al Fondo de Solidaridad y Garantías (Fosyga), había despedido por usar un celular en el trabajo.

La empresa, Grupo Asesoría en Sistematización de Datos SAS, estableció en su reglamento que usar el celular en el lugar de trabajo era una falta grave, y cuando uno de sus trabajadores fue econtrado usando su teléfono en el puesto, fue despedido.

El trabajador, que sufre de una discapacidad no difundida, entuteló a la empresa para asegurar su reintegro, alegando que su condición había sido causal para el despido y que le había sido violada la posibilidad de comunicarse. Luego de fallos en su contra en las instancias penales local y departamental, el caso llegó a la Corte Constitucional.

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El alto tribunal encontró que el despido no había sido motivado por su discapacidad, pero al mismo tiempo aseguró que el uso de teléfono celular no es un motivo automático para terminar con el contrato del trabajador, sin que se demostrara que este uso hubiera afectado de forma notable su productividad.

La Corte, con esta decisión, no negó la capacidad de una empresa de prohibir estas restricciones por parte de una compañía, pero sí exigió que las sanciones en su contra tengan una correspondencia mínima con la conducta, y que se mantenga el debido proceso.

PUB/JMR

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