Bogotá

Si se va de viaje este puente, siga estas buenas recomendaciones

Si entre sus planes está salir de viaje durante las vacaciones de mitad de año, Migración Colombia recomienda tener en cuenta las siguientes indicaciones que le facilitarán el desplazamiento.  

PUBLICIDAD

Antes de viajar verifique que su pasaporte se encuentre vigente, del mismo modo, en caso de que su destino sea un país que le exija visa verifique que dicho documento no se haya vencido.  

Adicionalmente, recomienda que si se viaja por vía aérea, se debe iniciar el proceso de chequeo, en la aerolínea, mínimo con tres horas de antelación a la salida del vuelo, y acceder a la zona de migración con el mayor tiempo posible.  

Recomendados

Así mismo, indica que si se tiene o ha tenido inconvenientes judiciales deberá solicitar las certificaciones de paz y salvo respectivas ante las autoridades competentes.  

De otra parte, la entidad aconseja a los viajeros que tengan doble nacionalidad, y una de ellas sea colombiana, identificarse para todos los procesos migratorios con su documentación colombiana vigente.  

Salida de niños y adolescentes

El organismo avisa que los niños y adolescentes, colombianos o extranjeros que residen en nuestro país, deben presentar en los filtros de migración el permiso de salida de menores, firmado por los dos padres, en caso de no viajar con ellos, o con la firma del padre que no acompañará al menor.  

De acuerdo con lo anterior, la entidad explica que si el padre o la madre que otorga el permiso se encuentra en Colombia, el permiso debe estar autenticado ante notario público, de otro modo, si alguno de los papás que otorga la autorización está en el exterior, la aprobación debe estar autenticada ante el consulado colombiano.  

Adicionalmente, se aclara que no ser posible ubicar un consulado colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en español, suscrito ante un notario público y debidamente apostillado.  

Migración Colombia también recuerda, que siempre la autorización de salida del país para menores de edad debe presentarse en original y que se tiene que mostrar una copia del Registro Civil de Nacimiento del niño o adolescente colombiano.  

Así mismo se avisa que en caso de que uno de los padres haya fallecido, se debe presentar el Registro Civil de Defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal.  

También aclara que para los menores adoptados se debe presentar copia de la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada. Además, advierte que cuando los padres están en conflicto se debe presentar una autorización otorgado por el juez de familia.  

Igualmente, indica que si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada, y explica que si la aprobación está otorgada por Escritura Pública, se debe presentar copia de la misma, con la certificación de vigencia no mayor a 30 días.  

Agrega que se debe contar con una licencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), cuando se desconozca el paradero de los padres o de uno de ellos, o cuando no están en condiciones de otorgar el permiso, o no cuente con un representante legal.  

Finalmente, la entidad informa que si el menor cuenta con doblé nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con todos los requisitos antes establecidos.

Lea también:

Atención: cambios en TransMilenio para este fin de semana

Uribe se queja por «matoneo» de prestigiosa universidad de Bogotá

Ley seca y pico y placa por partido de Colombia este sábado

MÁS BOGOTÁ AQUÍ

Tags

Lo que debe saber


Lo Último