la nueva Ley 1857 de 2017 establece que los empleadores deberán adecuar los horarios laborales de sus empresas, con la finalidad de que el trabajador se acerque con los miembros de su familia.
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Según lo establece el decreto, el empleador podrá acomodar su tiempo para compartir con las siguientes personas:
1. Cónyuge o compañera(o) permanente.
2. Hijos mejores.
3. Personas de tercera edad.
4. Familiares que se encuentren dentro del tercer grado de consanguinidad.
5. Parientes que se encuentren en situación de discapacidad o dependencia.
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El documento tiene como objeto «complementar y adicionar algunas medidas para la protección de la familia».
Sin duda esta es una gran noticia para todos los trabajadores del país.